REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, uno (01) de febrero de dos mil trece (2013)
202° y 153º

ASUNTO N° DP11-L-2012-001010

PARTE ACTORA: Ciudadano PEDRO JOSÉ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cédulas de identidad N° V-6.842.807.

APODERADO JUDICIALE DE LA PARTE ACTORA: Ciudadanos FRANCO JOSÉ AVENDAÑO SÁNCHEZ, SOFÍA FABIOLA DELGADO y ODRIANA AVENDAÑO, abogados en ejercicio; inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 27.130, 57.555 y 149.906 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: Entidad de Trabajo Sociedad de Comercio DIVEMENCA M&C, C. A.

APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: Ciudadanas SORAVÍ DEL CARMEN CASTILLO MARRERO y YESSIKA ROSARIO MARIBAO GUTIÉRREZ, abogadas en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro. 67.583 y 99.564 en ese orden.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Ingresado como se encuentra el presente expediente procedente del Juzgado de Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Aragua, y estando dentro del lapso establecido para admitir las pruebas en el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal expone lo siguiente:

PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA
CAPÍTULOS I y II: DE LA PRUEBA DOCUMENTAL

Este Tribunal admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por considerar que las mismas no resultan ilegales ni impertinentes al proceso, las siguientes documentales:
Primero: Marcado con la letra B, copia del reconocimiento otorgado al ciudadano PEDRO JOSÉ HERNÁNEZ, inserto al folio 3.
Segundo: Marcado con la letra C, ejemplares de las tarjetas de presentación que la empresa demandada entregó al ciudadano PEDRO JOSÉ HERNÁNEZ, folio 4.
Tercero: Marcadas D1, D2, D3, D4, y D5, copias y originales de comunicaciones remitidas por la empresa demandada al PEDRO JOSÉ HERNÁNEZ, inserto desde el folio 5 al 9.
Cuarto: Marcada con la letra E, copias de relaciones de facturas, notas de créditos y cuentas por cobrar emitidas por la empresa demandada PEDRO JOSÉ HERNÁNEZ, inserto al folio
1. Marcadas E1, constante de veinticinco (25) folios útiles, relación de ventas y cuentas por cobrar, folio 10.
2. Marcada E2, constante de cuatro (4) folios útiles relación de ventas y cuentas por cobrar, folio 11.
3. Marcada E3, constante de seis (6) folios útiles relación de ventas y cuentas por cobrar, folio 12.
4. Marcada E4, constante de ocho (8) folios útiles relación de ventas y cuentas por cobrar, folio 13.
5. Marcada E5, constante de ocho (8) folios útiles relación de ventas y cuentas por cobrar, folio 14.
6. Marcada E6, constante de tres (3) folios útiles relación de ventas y cuentas por cobrar, folio 15.
7. Marcada E7, constante de cuatro (4) folios útiles relación de ventas y cuentas por cobrar, folio 16.
8. Marcada E8, constante de nueve (9) folios útiles relación de ventas y cuentas por cobrar, folio 17.
9. Marcada E9, constante de ocho (8) folios útiles relación de ventas y cuentas por cobrar, folio 18.
10. Marcada E10, constante de seis (6) folios útiles relación de ventas y cuentas por cobrar, folio 19.
11. Marcada E11, constante de seis (6) folios útiles relación de ventas y cuentas por cobrar, folio 20.
12. Marcada E12, constante de tres (3) folios útiles relación de ventas y cuentas por cobrar. Todos insertos desde el folio 10 al 99.
Quinto: Copias de relaciones de comisiones emitidas por la empresa demandada, inserta a los folios
1. Marcada F1, del mes de septiembre de 2008, por Bs. 3.157,00, folio 100.
2. Marcada F2, comisión del mes de agosto de 2009, por Bs. 12.799,26, folio 101.
3. Marcada F3, comisión del mes de marzo de 2011, por Bs. 11.649, folio 102.
4. Marcada F4, constante de dos 2 folios útiles, comisión del mes de marzo de 2011, por Bs. 12.218,57, folios 103 y 104.
5. Marcadas F5 y F6, constante de dos (2) folios útiles, recibos correspondientes a comisiones, inserto a los folios 105 al 107.
6. Marcado F7, depósito hecho en fecha 12 de diciembre de 2007 en el Banco de Venezuela, inserto al folio 108.
7. Marcado con la letra G, constante de tres (3) folios útiles, folio 109 al 111.
8. Marcado con la letra G, constante de tres (3) folios útiles, originales de las declaraciones definitivas de rentas y pagos para personas naturales residentes, inserto a los folios
9. Marcadas de la H1, H2, H3, H4, H5, H6, H7, H8, y H9, relaciones de comisiones, constante de 3, 19, 33, 34, 42, 23, 29, 44 y 30 folios útiles en ese orden, inserto a los folios 112 al 367.
10. Marcadas I1, I2, I3, I4, I5, copias de los estados de cuentas emitidos por el Banco de Venezuela correspondientes a la cuenta corriente N° 402-0009852, constante de 8, 9, 11, 10 y 11 folios útiles respectivamente, inserto a los folios 368 al 416.

DE LOS MEDIOS ELÉCTRONICOS
En cuanto a la documental marcada A, contentiva de copia de la página web de la demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 395 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y articulo 70 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, ejemplar impreso que anexa a su escrito de pruebas, inserto a los folios del Anexo identificado Anexo de Pruebas de la parte Actora 1, folio 2. Estos medios de prueba se evacuarán aplicando por analogía las disposiciones relativas a los medios de prueba semejantes a copias fotostáticas.

CAPÍTULO III: DE LA PRUEBA DE INFORMES

De conformidad con lo establecido en el Artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se admite la prueba de informes solicitada por la parte actora en el presente procedimiento, en tal sentido se acuerda librar oficios a:
1. Sociedad Mercantil REFRIGERACIÓN LAS 4 ESQUINAS C. A., ubicada en la avenida 1 con calle 1, sector Unare, Puerto Ordaz Estado Bolívar, teléfono 0414-8228076, en la persona de su representante legal ciudadano LINO ROJAS, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relaciona comercial con la empresa “DIVENENCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.

2. Sociedad Mercantil “REFRI REPUESTOS CANARIAS C. A.”, ubicada en la calle Independencia número 27, Upata Estado Bolívar, teléfonos 0414-3884745, 0288-221443, en la persona de su representante legal ciudadano ALCIDES RIVERO, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.


3. Sociedad Mercantil “TECNI REPUESTOS COA C. A.”, ubicada en la Avenida Circunvalación entre Calle Parela y Fajardo Sector El Poblado, Porlamar Estado Nueva Esparta, teléfonos0295-274-1863, en la persona de su representante legal ciudadano LUIS COA, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVEMENCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVEMENCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
4. Sociedad Mercantil “REFRIGERACIÓN IVO C. A.”, ubicada en la calle principal de Castillito, Puerto Ordaz, teléfonos 0414-8942543, en la persona de su representante legal ciudadano MANUEL VIDAL, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.

5. Sociedad Mercantil “ELECTRO REFRIGERACIÓN PABLO, C. A.”, ubicada en la Zona Industrial Unare 2, Puerto Ordaz, teléfonos 0414-8897981, en la persona de su representante legal ciudadano PABLO OROZCO, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.

6. Sociedad Mercantil “CORPORACIÓN BELLA VISTA, C. A.”, ubicada en la Avenida Manuel Piar, Sector Bella Vista, San Félix Estado Bolívar, teléfonos 0414-8774089, en la persona de su representante legal ciudadano ANTOUN MALEK MOUNIR, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
7. Sociedad Mercantil “COMERCIAL EDISON, C. A.”, ubicada en la Avenida intercomunal N° 26, Barcelona Estado Anzoátegui, teléfonos 0424-8753474, en la persona de su representante legal ciudadana ANGELINE SALAZAR, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
8. Sociedad Mercantil “REFRIGERACIÓN SUPPLY FRÍO, C. A.”, ubicada en la Avenida Principal de la Costanera, Barcelona Estado Anzoátegui, teléfonos 0414-8086547, en la persona de su representante legal Ingeniero LUIS VARELA, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
9. Sociedad Mercantil “FRÍO DEL VALLE, C. A.”, ubicada en la Avenida Principal del Tejar, al frente del Centro Comercial Las Palmeras, Píritu Estado Anzoátegui, teléfonos 0414-2969118, en la persona de su representante legal ciudadano NADAL ZOUGHBI, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
10. Sociedad Mercantil “REFRIGERACIÓN ROLANDO, C. A.”, ubicada en la Avenida Nicolás Rolando, Edificio Plaza, Local N° 4, Barcelona Estao Anzoátegui, teléfonos 0414-8245304, en la persona de su representante legal ciudadana SAMY NADER, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
11. Sociedad Mercantil “REFINCA, C. A.”, ubicada en la calle Principal de Sabanita, ciudad Bolívar Estado Bolívar, teléfonos 0414-8547150, en la persona de su representante legal ciudadano JICHEN NAIN, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
12. Sociedad Mercantil “CORVECA C. A.”, ubicada en la Avenida Upata, ciudad Bolívar Estado Bolívar, teléfonos 0414-8936095, en la persona de su representante legal ciudadano BAJHET CHAABAN, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
13. Sociedad Mercantil “REFRIORINOCO C. A.”, ubicada en la Avenida principal frente al Aeropuerto ciudad Bolívar Estado Bolívar, teléfonos 0416-6852365, en la persona de su representante legal ciudadano DANIEL CASTELLANOS, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
14. Sociedad Mercantil “MISAS LOS REPUESTOS DEL HOGAR C. A.”, ubicada en la calle Ramírez, San Félix Estado Bolívar, teléfonos 0414-8792527, en la persona de su representante legal ciudadano CRISTÓBAL MISAS, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
15. Sociedad Mercantil “ECO FRÍO CORPORACIÓN C. A.”, ubicada en la Avenida Orinoco, Local N° 22, Sector Centro, teléfonos 0414-7600730, en la persona de su representante legal ciudadano OCTAVIO CHINCHILLA, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
16. Sociedad Mercantil “CORPO FRÍO MATURÍN C. A.”, ubicada en la Avenida Bicentenaria, Edificio Técnica; Planta Baja, Local 01, teléfonos 0291-6425654, en la persona de su representante legal ciudadano OCTAVIO CHINCHILLA, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
17. Sociedad Mercantil “FRÍO ORIENTE 2000 C. A.”, ubicada en la Avenida Rivas, con Arrión, Número 233, Maturín estado Monagas, teléfonos 0414-7653949 en la persona de su representante legal ciudadano ELÍAS YAMUNI, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
18. Sociedad Mercantil “REFRI PRONTO S. A.”, ubicada en la calle 14, local N° 100, Antigua Rojas, Maturín Estado Monagas, teléfonos 0414-6413883 en la persona de su representante legal ciudadano MANUEL ROJAS, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
19. Sociedad Mercantil “REFRILAIRE C. A.”, ubicada en la calle Las Casas, Edificio Barcelona, Planta Baja, Cumaná Estado Sucre teléfonos 0414-7771107 en la persona de su representante legal ciudadano ANTONIO PETEIRA, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
20. Sociedad Mercantil “FRÍOTEC S. R. L.”, ubicada en la calle San Isidro con calle La Pascua, Centro Comercial Don Andrés, Número 1, Cumaná Estado Sucre, teléfonos 0293-4323261 en la persona de su representante legal ciudadano JOSÉ MORGADO, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
21. Sociedad Mercantil “REFRIGERACIÓN REGINA C. A.”, ubicada en la Calle Blanco Fambona , número 166, Cumaná Estado Sucre, teléfonos 0414-0293-4320768 en la persona de su representante legal ciudadano RAMÓN CABRERA, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
22. Sociedad Mercantil “MEGA FRÍO C. A.”, ubicada en la calle El Colegio, entre Chamaina y Terranova Porlamar Estado Nueva Esparta, teléfonos 0295-2638334 en la persona de su representante legal ciudadana ZAVELY LÓPEZ, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
23. Sociedad Mercantil “REPRESENTACIONES CANO C. A.”, ubicada en la calle Charaima, Sector Los Bucaneros a 20 metros de la Cámara de Comercio Porlamar Estado Nueva Esparta, teléfonos 0295-2635943 en la persona de su representante legal ciudadano FRANCISCO CANO, para que informe a este Tribunal sobre la existencia de una relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, que indique igualmente si esta relación se hizo a través del vendedor para la zona de Oriente, Señor Pedro Hernández Villarroel como empleado de DIVENEMCA M&C, C. A. y que indique además desde qué fecha se inicio la relación comercial establecida.
24. Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, sede Maracay Estado Aragua, a los fines de que informe a este Tribunal, si la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, RIF J-30335737-7, ha dado cumplimiento con :
a) El requisito obligatorio de su inscripción en el Registro Nacional de Empresas y Establecimientos (RNEE) como empleador y desde qué fecha.
b) Si ha dado cumplimiento con el requisito de Reporte de Nómina de Trabajadores de la carga trimestral y declaración trimestral de empleos, horas trabajadas y salarios pagados.
c) Que indique a este tribunal si dentro de los empleados inscritos y reportados se encuentra nuestro representado el ciudadano Pedro Hernández Villarroel C. I. N° v-6.842.807, y desde qué fecha.
d) Que informe a este Tribunal si ha indicado a esa institución la fecha de ingreso, los salarios devengados y la fecha de retiro de nuestro representado Pedro Hernández Villarroel C. I. N° v-6.842.807.
25. Al INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, sede de Maracay Estado Aragua, que informe a este Tribunal, si la empresa “DIVENEMCA M&C, C. A.”, RIF J-30335737-7, ha dado cumplimiento con :
a. El requisito obligatorio de su inscripción como empleador y desde qué fecha.
b. Si ha dado cumplimiento con el requisito de la inscripción de los empleados.
c. Que indique a este Tribunal si dentro de los empleados inscritos se encuentra el ciudadano Pedro Hernández Villarroel, C. I. N° V-6.842.807.
d. Que informe a este Tribunal si ha pagado los aportes correspondientes a las contribuciones parafiscales de nuestro representado Pedo Hernández Villarroel, C. I. N° V-6.842.807.

26. Al INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN SOCIALISTA (INCES), sede de Maracay Estado Aragua, que informe a este Tribunal, si la empresa “DIVENEMCA M & C, C. A.” RIF J-30335737-7, ha cumplido con:
a. El requisito de su inscripción en el Registro Nacional de Aportantes y desde qué fecha.
b. Si ha cumplido con el aporte parafiscal del 2% trimestral sobre el salario mensual correspondiente al sueldo devengado por los empleados.
c. Si ha dado cumplimiento con el aporte anual del 0,5% anual sobre las utilidades devengadas de los empleados.
27. Al FONDODE AHORRO OBLIGATORIO PARA LA VIVIENDA (BANAVIH), con sede en Caracas, Distrito Capital, si la empresa “DIVENEMCA M & C, C. A., RIF J-30335737-7, ha dado cumplimiento:
a. El requisito obligatorio con el requisito obligatorio de su inscripción como empleador y desde qué fecha.
b. Si ha dado cumplimiento con el requisito de la inscripción de los empleados.
c. Que indique a este tribunal si el ciudadano Pedro Hernández Villarroel, C. I. V-6.842.807.
d. Que informe a este Tribunal si ha pagado los aportes de las contribuciones parafiscales de nuestro representado Pedro Hernández Villarroel, C. I. N° V-6.842.807, correspondiente a la Ley de Política Habitaciones, y desde qué fecha.
28. Sociedad Mercantil IMPRESOS BENITO C. A., RIF J-30700465-7, ubicada en la Urbanización 12 de febrero, calle Luis Hurtado Higuera N° 126, Teléfon 0243-2359871, para que informe a este Tribunal la existencia de su relación comercial con la empresa “DIVENEMCA M & C. C. A.” y que indique igualmente si durante esta relación hizo los siguientes trabajos y tarjetas:
1) Talones de recibos de caja seriados de acuerdo a las exigencias del Seniat, dentro de los cuales se encuentran los que tienen número 18001 al 20500, elaborados en agosto de 2007, para y por orden de la empresa “DIVENEMCA M & C. C. A.” y que indique además desde qué fecha inició la relación comercial establecida. Acompañamos al presente facsímil el original del talonario en referencia marcado J1.
2) Talones de recepción de reclamos de bienes o pedidos en garantías, dentro de los cuales se encuentran los que tienen número de control 0801al 0850 elaborados para y por orden de la empresa “DIVENEMCA M & C. C. A.” Acompañamos al presente facsímil el original del talonario en referencia marcado J2.
3) Talones de recibos de cobro, dentro de los cuales se encuentran seriados con el Nro.2201 al 2250, elaborados para y por orden de la empresa “DIVENEMCA M & C. C. A.” Acompañamos al presente facsímil el original del talonario en referencia marcado J3.
4) Talones de Elaboración de Pedidos, sin número de control, con la identificación de la empresa DIVENEMCA M & C. C. A.” Acompañamos al presente facsímil el original del talonario en referencia marcado J4.
5) Talones de notas de pedido, con al Numeración 1001 a la 25350, elaborados por la orden de la sociedad mercantil DIVENEMCA M & C. C. A.” Acompañamos al presente facsímil el original del talonario en referencia marcado J5.
6) Tarjetas de presentación, a nombre de nuestro representado Pedro José Hernández Villarroel, con su identificación, y desempeñándose como representante de ventas de la empresa “DIVENEMCA M & C. C. A.” Acompañamos al presente facsímil el original del talonario en referencia marcado J6.

29. BANCO DE VENEZUELA, Agencia Lecherías, ubicado en la Avenida Principal de Lecherías, Avenida Principal de Lecherías, en Lecherías Estado Anzoátegui, para que informe a este Tribunal sobre la cuenta corriente Número 0102040250000009852 perteneciente a nuestro representado ciudadano Pedro José Hernández Villarroel, sobre los puntos que se indican a continuación:
1) Que informe al Tribunal sobre la existencia en esa agencia de la cuenta corriente número 0102040250000009852, perteneciente a nuestro representado ciudadano Pedro José Hernández Villarroel quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.842.807, indicando la fecha de su apertura y si en la actualidad se encuentra operativa.
2) Que señale a este Tribunal si la referida cuenta se han hecho depósitos desde Maracay Estado Aragua a favor de Pedro José Hernández Villarroel quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.842.807, por la sociedad mercantil “DIVENEMCA M & C, C. A.”, o por sus representantes ciudadanos JOSÉ MARÍA FELIZ MAGUREGUI ARIAS y LIGIA ESCORCHA.
3) Que informe a este Tribunal si se han efectuado transferencias bancarias provenientes de la entidad Banesco Banco Universal con titulares como DIVENEMCA M & C. C. A. o los ciudadanos JOSÉ MARÍA FELIZ MAGUREGUI ARIAS y LIGIA ESCORCHA, acreditadas a la cuenta número 0102040250000009852, perteneciente a nuestro representado ciudadano Pedro José Hernández Villarroel, durante el lapso de agosto de 1999 hasta octubre o noviembre de 2011.
4) Que indique los depósitos detallando todos los datos del depósito, fecha , nombre del depositante, monto, número de depósito, agencia en la que se realizó, o bien envíe los estados de cuenta donde puedan verificarse todos los datos con detalle.
5) Que indique las transferencias detallando todos los datos de la misma, fecha, nombre del titular del que transfiere, monto, número de transferencia, agencia bancaria desde la fecha que se realizó, o bien envíe los estado de cuenta conde puedan verificarse todos los datos con detalle.
Líbrense oficios respectivos y entrégueseles a la Unidad de Actos de Comunicación de este Circuito Judicial para la entrega respectiva.

CAPÍTULO IV:
DE LA PRUEBA DE EXHIBICIÓN

En atención a la prueba de exhibición de documentos solicitada en este Capítulo del escrito de promoción de pruebas; donde solicita que la parte demandada exhiba los originales de: Depósitos hechos a la cuenta corriente N° 01020402050000009852, perteneciente al ciudadano PEDRO JOSÉ HERNÁNDEZ VILLARROEL, transferencias bancarias y relaciones de comisiones; este Tribunal la INADMITE, por considerar que la representación judicial de la parte demandante; no acompañó documentos, copias o en su defecto la afirmación de los datos que puedan presumir el contenido del documento solicitado; por lo menos un medio de prueba que constituya presunción grave de que el instrumento se halla o se ha hallado en poder de su adversario; tal y como lo prevé el articulo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; es decir, la representación de la parte demandante, no cumplió con los extremos o requisitos de procedencia para que este Tribunal proceda a la admisión de dicha prueba. Así se establece.

PRUEBA DE LA PARTE DEMANDADA
CAPÍTULO PRIMERO: PRUEBAS DOCUMENTALES


Este Tribunal admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por considerar que las mismas no resultan ilegales ni impertinentes al proceso, las siguientes documentales:
1) Copia certificada de Registro Mercantil de la Firma personal P & H KRONA y copia del Rif, anexo marcado A. Folios 02 al 16 de la pieza macada 2.
2) Copia certificada del registro mercantil y estatus sociales de la sociedad mercantil Repuestos de Refrigeración del Sur, REFRISUR, C. A., y copia del Rif, la cual anexó marcada B, folios 18 al 39, de la pieza macada 2.
3) Copia certificada del Registro Mercantil y estatus sociales de la empresa MERCANTILL F. F. 2010, C. A. y copia del Rif la cual anexó marcado C, inserto a los folios 39 al 61, de la pieza macada 2.
4) Listados de trabajadores activos correspondientes al mes de octubre del año 2011, emitido por el Instituto Venezolano de los seguros Sociales, marcado con la letra D, inserto a los folios 62 de la pieza macada 2.
5) Declaración definitiva de rentas presentada ante el Servicio Nacional Integrado de Administración aduanera y Tributaria (SENIAT) por el ciudadano Pedro José Hernández correspondientes a los ejercicios gravables 2003 y 2005, marcados E y E1, inserto a los folios 63 al 66 de la pieza macada 2.
6) Declaración y pago de impuesto al valor agregado (IVA) realizada por demandante Pedro José Hernández, marcada F, inserto a los folios 67 al 69 de la pieza macada 2.
7) Libro de ventas de la sociedad mercantil REPUESTOS DE REFRIGERACIÓN DEL SUR, C. a., de los meses abril, mayo, junio y julio de 2006, anexos marcados G y G1, inserto a los folios 70 al 83 de la pieza macada 2.
8) Facturas originales emitidas por Pedro J. Hernández C. F. P. y por Mercantil F. F. 2010, C. A., marcadas H, H1, H2, H3, H4, H5, H6, H7, H8, H9, H10, H11, H12, H13, H14, H15 y H16, inserto a los folios 84 al 214 de la pieza macada 2.
9) Facturas emitidas por el demandante a la empresa demandada, marcada I, I1. inserto a los folios 215 al 219 de la pieza macada 2.
10) Original de relación de nóminas de utilidades y vacaciones pagadas por la demandada, marcadas de la J1 a la J14, inserto a los folios 220 a la 281 de la pieza macada 2.
11) Relación de comisiones, comprobantes de pago y de retenciones de impuesto pagadas al ciudadano demandante, marcadas K, L, M, N, Ñ, O, P, Q, R, S, T, U, de la K a la O, inserta a los folios de la pieza marcada 3. De la P, a la U, inserto a los folios 2 al 316, de la pieza 4.
12) Copias simples de facturas Nros. 0004 y 0014, de fecha 28/03/2010 y 12/03/2011 respectivamente, de la empresa mercantil F. F. 2010 C. A., y su cliente Refrigeración Barbosa C. A., marcadas V y W, folios 317 y 318 de la pieza marcada 4.

CAPÍTULO SEGUNDO: DE LA EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS

De conformidad con el artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Tribunal la admite por cuanto ha lugar en derecho por no ser impertinente ni ilegal, salvo su apreciación en la definitiva, en consecuencia se ordena a la demandante, se sirva presentar en la oportunidad de llevarse a efecto la Audiencia de Juicio del original del documento documentales marcados V, W folios 317 y 318 de la pieza marcada 4., E y E1, inserto a los folios 63 al 66 de la pieza macada 2. F, inserto a los folios 67 al 69 de la pieza macada 2, y G inserto a los folios 70 al 83 de la pieza macada 2., el cual la parte actora acompañó copia respectiva y se detallan en el capítulo correspondiente a las documentales. Apercibiendo a la accionada de las consecuencias de la no exhibición de los instrumentos en el plazo indicado.

CAPÍTULO TERCERO: DE LOS INFORMES

De conformidad con lo establecido en el Artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se admite la prueba de informes solicitada por la parte demandada en el presente procedimiento, en tal sentido se acuerda librar oficios a:
1) Servicio Nacional de Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), ubicado en la calle Sánchez Carrero, con calle Santos Michelena, Edificio La Nisperera Maracay Estado Aragua, para que informe a este Tribunal sobre los particulares siguientes:
• Si las sociedades mercantiles P & H KRONA RIF: V-06842807-2. Razón Sociales Hernández Villarroel Pedro José, nombre comercial P & H KRONA.
• Repuestos de Refrigeración del Sur, REFRISUR, C. A, RIF: J31137592-9 y
• MERCANTIL F. F. 2010 C. A., RIF: J29917123-9, están inscritas en Registro de Información Fiscal (RIF) con los datos aquí indicados.
• Si las misma son contribuyentes ordinarios,
• Nombre de su representante legal.
2) Servicio Administrativo De Identificación, Migración Y Extrajería (SAIME), ubicado en la Plaza Miranda, sede central ONDEX, El Silencio, Caracas, Dirección Nacional de Migración y zonas Fronterizas, para que informe a este tribunal los movimientos migratorios del ciudadano PEDRO JOSÉ HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-6.842.807, desde el mes de septiembre del año 1999 hasta el mes de octubre del año 2011.

3) Sociedad Mercantil Refrigeración Barbosa C. A., ubicada en la calle Rubio Campo A-2 casa N° 29-A, Sector Ferrominera del Orinoco, Puerto Ordaz, Estado Bolívar, teléfono 0414-8085908, a los fines de que informe si ha tenido relaciones comerciales con la empresa MERCANTIL F. F. 2010, C. A., Rif. J-29917123-9, representada por el ciudadano Pedro Hernández, titular de la cédula de identidad V-6.842.807, y si reposa en su contabilidad las facturas N° 0004 de fecha 28/09/2010 y N° 0014, de fecha 12/03/2011, emitidas a su nombre por la empresa MERCANTIL F. F. 2010, C. A.
Líbrense oficios respectivos y entrégueseles a la Unidad de Actos de Comunicación de este Circuito Judicial para la entrega respectiva.

CAPÍTULO CUARTO:
DE LOS TESTIGOS

En relación a la prueba testimonial promovida, se admite por cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, y en consecuencia se ordena la comparecencia en la oportunidad de la Audiencia de Juicio, de los ciudadanos: María del Rosario Parra Riera, Ligia Omaira Escorche Ibañes, Santana Alberto Córdova Hernández, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.176.622, V-7.189.151 y V-4.312.178 en ese orden. Declaraciones que se efectuaran sin notificación alguna, a fin de que declaren oralmente ante este Juzgado con relación a los hechos debatidos en el proceso, respondiendo al interrogatorio que les formularán las partes, así como el que les formule la ciudadana Juez del Tribunal, conforme lo establece el artículo 153 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ,

Abg. ZULEYMA DARUIZ CEBALLOS
EL SECRETARIO,

Abg. CARLOS VALERO.






ASUNTO N° DP11-L-2012-001010
ZDC/CV/zosc.