REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 9 de julio de 2013
203º y 154º


Sentencia Interlocutoria Nº 153/2013
Visto el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos U.R.D.D, en fecha 17 de abril de 2013, por el ciudadano Eduardo José Renda Puic, titular de la cedula de identidad Nº 12.385.149, actuando en su condición de director y socio de la contribuyente “CORPORACION OROMAX, C.A.” , debidamente asistido en el presente acto por el ciudadano Lucy Di Battista Núñez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 33.935, contra la Resolución identificada con las letras y números: SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2012-000431 de fecha 27 de septiembre del 2012, emanada de la Gerencia General de Tributos Internos Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT),por la cantidad de (BS 2.008.899,25); estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, este Tribunal observa: Que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus Artículos 259, 260, 261, 262, 266 y 267, a saber se trata de Actos Administrativos impugnados por ante la autoridad competente, interpuesto dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés de la recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la contribuyente y, por cuanto no consta en autos oposición alguna por parte de la Administración Tributaria, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con el Artículo 267 y siguientes eiusdem. Igualmente, se recuerda a las partes, que la causa se encontrará abierta a Pruebas, ope legis, el primer día de Despacho siguiente a la presente fecha, de conformidad con lo previsto en el supra mencionado Artículo 268 del mismo Código.
Dado, firmado y sellado en la Sede del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los nueve (09) días del mes de julio del año dos mil trece (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
El Juez Titular.


Ricardo Caigua Jiménez.
La Secretaria.


Hilmar Elena Rocha Esaá.
La presente decisión se publicó en su fecha, a las tres (3:00 PM.) horas de la tarde.
La Secretaria.


Hilmar Elena Rocha Esaá.






Exp. Nº: AP41-U-2013-000201
RCJ/HERE/mav.