REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 4 de julio de 2013
203º y 154º
ASUNTO: AP11-V-2012-000375
Sentencia Interlocutoria.-
Visto el escrito de promoción de Pruebas, presentado por la abogada ELBA MEJIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 12.854, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora los ciudadanos JUAN PEDRO DAHDAH y BADREL KHAWAJE DE DADAH, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de cedula de identidad Nos. V.-4.440.695 Y V.- 4.511.225, este Tribunal las admite por no ser las mismas manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva. Cúmplase.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA ACC,
DR. ÁNGEL VARGAS RODRIGUEZ
ABG. ELIZABETH LOPEZ
AVR/SC/Victoria
Asunto: AP11-V-2012-000375
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