REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintinueve de julio de dos mil trece
203º y 154º


PARTE ACTORA: MARIA LARA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. V-5.600.571.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: MARGOT VELASQUEZ LARA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 93.955.
PARTE DEMANDADA: JULIAN VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. V-1.874.337.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA.

Por recibida y vista la anterior demanda por ACCIÓN MERODECLARATIVA y los recaudos anexos, presentada en fecha 12 de julio de 2013, ante, la Unidad Receptora, Distribuidora de Expedientes del Circuito Judicial Los Cortijos, del cual forma parte integrante este Juzgado, el Tribunal a los fines de pronunciarse sobre su admisión observa:
La demanda por ACCIÓN MERODECLARATIVA que da origen al presente pronunciamiento, ha sido planteada por la ciudadana MARIA LARA, con el objeto de que el Tribunal declare la existencia de la relación concubinaria que existió entre ella y el ciudadano JULIAN VELASQUEZ.-
De esta manera observa el tribunal que la acción incoada corresponde a una acción civil, para cuyo conocimiento son competentes los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, por encontrarnos en presencia de un asunto de naturaleza contenciosa, no contemplado en la Resolución No. 6-2009 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, que le asignó competencia a los Juzgados de Municipio para conocer todos los asuntos de carácter no contencioso, en los cuales no se encuentren involucrados intereses de menores y adolescentes.
En razón a los planteamientos anteriormente efectuados, este Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declina su competencia por la materia en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y ordena remitir las presentes actuaciones al Juzgado Distribuidor de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que realice la distribución correspondiente. Así se decide.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala del Juzgado Cuarto de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, a los veintinueve (29) días del mes de julio de dos mil trece (2013).
Regístrese, Publíquese y déjese Copia fotostática certificada de la presente decisión.
LA JUEZ
LETICIA BARRIOS RUIZ
LA SECRETARIA,
MARINA SANCHEZ GAMBOA.

En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las
LA SECRETARIA,

MARINA SANCHEZ GAMBOA.


ASUNTO No. AP31-V-2013-001118.-