REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, primero (01) de julio de 2013.-
203° y 154°
Vista la diligencia que antecede presentada por la ciudadana LILIANA CAROLINA TORRES PUJOL, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nro. V- 16.370.487, asistida por el abogado en ejercicio RUBEN DARIO SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 16.032, mediante la cual da cumplimiento a lo requerido por auto de fecha 05 de junio del 2013, este Tribunal DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 188 y 189 del Código Civil, en concordancia con el parágrafo primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por secretaria copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sea consignado por los solicitantes los fotostatos correspondientes.-
LA JUEZ,
Abg. MARITZA BETANCOURT
LA SECRETARIA,
DILCIA MONTENEGRO P
Exp: AP31-S-2012-002277
MB/DMP/mjm