REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, ( 04 ) de Julio del Año 2013
203° Y 154°

Vista la transacción cursante a los folios (53 y 54), celebrada entre la Sociedad Mercantil L.V. INGENIEROS C.A. (parte demandada) representada en este acto por el abogado MIGUEL FADLALLAH Inpreabogado Nº 52.633, según poder otorgado por ante la Notaría Pública Novena del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 23/10/2012, bajo el Nº 18, Tomo 114, de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría, y la Sociedad Mercantil INVERSIONES KAUSANI C.A. (parte actora) representada en este acto por el abogado RAÚL GUSTAVO AVELEDO Inpreabogado Nº 39.097, según poder otorgado por ante la Notaría Pública Novena del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 13/07/2009, bajo el Nº 32, Tomo 88, de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría; mediante el cual ambas partes solicitan la homologación de la misma. Al respecto observa el Tribunal que la presente transacción no es contraria a derecho motivo por el cual este Juzgado le imparte su aprobación y en consecuencia su HOMOLOGACIÓN en los términos expuestos entre partes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ

DR. RENAN JOSÉ GONZÁLEZ

EL SECRETARIO

ERICKSON JOSÉ MARTÍNEZ
Exp. Nº AP31-V-2013-000011
RJG/EJM/josech.