N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-002129
PARTE ACTORA: BRIAN ALEJANDRO DE ARMAS GARCIA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: FRANCISCO MEDINA, CARMEN C. FERNÁNDEZ.
PARTE DEMANDADA: GENSYS CONSULTORES GERENCIALES, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALEXANDER PÉREZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 16 de Julio de 2013, siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano BRIAN ALEJANDRO DE ARMAS GARCIA, titular de la cédula de identidad 20.791.346, en su carácter de parte actora, representado por la abogada CARMEN FERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 81.862, por una parte y, por la otra ALEXANDER PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.145, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, GENSYS CONSULTORES GERENCIALES, C.A., según se evidencia de instrumento poder que consigna en copia simple en cuatro (04) folios útiles y original a efectos de vista; quienes han llegado al siguiente acuerdo: La parte demandada a los fines de llegar a un acuerdo de evitar la continuación del juicio, ofrece pagar a la parte actora, la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 15.000,00), a través de cheque a nombre del trabajador, en fecha jueves 25 de julio de 2013, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos; la parte actora, visto el ofrecimiento realizado por la parte demandada, lo acepta en los términos expuestos y señala que nada tiene que reclamar ni por los conceptos aquí demandados ni por ningún otro concepto que se derive o pueda derivarse de la relación de trabajo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo, se establece que una vez conste en autos el cumplimiento del pago aquí acordado, se ordenará el cierre y archivo del expediente.


La Jueza,

Abg. Karla González Mundaraín


Parte actora y su apoderada judicial




Apoderado judicial de la parte demandada




El Secretario,

Abg. Arturo Yaggia