REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO Y DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN

CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO MONAGAS
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Maturín, 09 de Julio de 2013
203° y 154°

ASUNTO: JJ1-L-2012-002517

Recibida y vista como ha sido diligencia presentada por la ciudadana JUANA CEDEÑO, debidamente asistida por la ABG. NATHALIE MEZA, con su carácter de autos, mediante el cual solicita se le autorice para poder viajar en compañía de la niña OMITIDO (de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) durante las vacaciones escolares; observándose de las actas que en fecha 06-08-2013 se le otorgó la colocación familiar definitiva de la referida niña a la prenombrada ciudadana, y tal como es deber de éste Tribunal velar por el sano desenvolvimiento de ésta última y la ejecución de todos sus derechos, incluido en ellos el de la recreación, considera ajustada a derecho la solicitud antes referida; en consecuencia éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, AUTORIZA el permiso de viaje solicitado, por lo que podrá la niña OMITIDO (de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), viajar por todo el territorio NACIONAL, desde el día 09-08-2013 hasta el día 15-09-2013, ambas fechas inclusive, en compañía de la ciudadana JUANA MARIA CEDEÑO DE SUTIL venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. OMITIDO (de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). Líbrese lo Conducente. Cúmplase.-
La Juez

ABG. MARIA FABIOLA TEPEDINO
La Secretaria

ABG. GLORIMIG FARIAS