REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, once de julio de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO : AP51-V-2013-010008
PARTE ACTORA: RAIZON RAFAEL GARCIA CASTRO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.899.968
PARTE DEMANDADA: SAELY THAMARA GONZALEZ MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nro V- 21.117.506.
MOTIVO: HOMOLOGACION DE ACUERDO EN RELACION A REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.
Vista la diligencia que fue suscrita por la abogada DILIA LOPEZ, Fiscal Centésima Tercera del Ministerio Público, mediante la cual consigna acta de convenio entre los ciudadanos RAIZON RAFAEL GARCIA CASTRO y SAELY THAMARA GONZALEZ MARTINEZ, plenamente identificados supra, en relación al Régimen de Convivencia Familiar a favor de su hijo ------ años de edad, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho acuerdo en los mismos términos, fines y condiciones en que fue suscrito, le imparte su aprobación y lo da por consumado en todas y cada una de sus partes. ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, Firmada y Sellada en el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Caracas, once (11) de julio de 2013. Años 203° y 154°.
EL JUEZ,
Abg. ALCIDES ROBLES GORDILLO
LA SECRETARIA,
Abg. ZENOBIA ELENA ERAZO.
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