REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional

Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes

Caracas, quince (15) de julio de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO : AP51-V-2012-016625

PARTE ACTORA: ROSA AMALIA RONDON RIVERO, titular de la cédula de identidad Nro V- 5.073.326.
PARTE DEMANDADA: JESUS ANTONIO DE LA SOLEDAD SILVA BOLAÑO, titular de la cédula de identidad Nro V- 4.052.341.
MOTIVO: HOMOLOGACION DE DESISTIMIENTO.
Vista la diligencia suscrita por el abogado JUAN CARLOS MAGOO RODRIGUEZ CENCI, inscrito en el IPSA bajo el Nro 185.404, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el presente asunto, ciudadana ROSA AMALIA RONDON RIVERO, titular de la cédula de identidad Nro V- 5.073.326, mediante la cual desiste de la presente acción, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial, por cuanto el prenombrado apoderado judicial, en el poder que le fue conferido por la parte actora, tiene facultades para desistir, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se homologa el desistimiento efectuado por el prenombrado profesional del derecho, se le imparte su aprobación, se da por consumado en los mismos términos, fines y condiciones en que fue suscrito. ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Caracas, quince de julio de 2013. Años 203° y 154°.
EL JUEZ,

Abg. ALCIDES ROBLES GORDILLO
LA SECRETARIA,

Abg. ZENOBIA ELENA ERAZO.