REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

Maturín, 25 de Julio de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2013-000527
ASUNTO : NP01-S-2013-000527

Visto el escrito presentado por la ABGA. LIUBA ALEJANDRA BLANCO RONDÓN, actuando en representación del imputado DANNIS RAFAEL HENRÍQUEZ TERÁN, mediante el cual solicita la extensión del lapso de presentaciones de su representado ante el Departamento de Alguacilazgo de esta Sede Judicial, en virtud de que el mismo reside en la Ciudad de caracas Distrito Capital, este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones:
La presente causa se inició en fecha 19/06/2013, en virtud de haberse practicado la detención del ciudadano DANNIS RAFAEL HENRÍQUEZ TERÁN, luego que la ciudadana (SE OMITE IDENTIDAD) lo denunciara en virtud de haberla, presuntamente, agredido físicamente.
En fecha 20/06/2013, el mencionado imputado fue conducido ante la Jueza de Control, Audiencia y Medidas quien decretó en su contra una medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de libertad, consistente en presentaciones cada quince (15) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.
Ahora bien, alega la defensa que, por motivos de trabajo se hace difícil al imputado cumplir con el régimen impuesto, asunto este que, a criterio de quien decide es perfectamente creíble, una vez revisados los argumentos esgrimidos por la Defensa Privada, vistas la constancia de trabajo y carta de residencia consignadas, y tomando en consideración la distancia del lugar de residencia actual del imputado de marras; en consecuencia y como quiera que los motivos alegados son derechos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal Segundo de Violencia Contra la Mujer en función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, declara CON LUGAR, la solicitud formulada por la defensa del imputado DANNIS RAFAEL HENRÍQUEZ TERÁN, y se extiende el lapso de presentaciones al mismo, fijándose su cumplimiento cada sesenta (60) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. Notifíquese a las partes. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
Jueza de Control, Audiencias y Medidas,


ABGA. MARTHA ELENA ÁLVAREZ SÁNCHEZ


Secretaria,

ABGA. GRECIA LEAL