REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Turmero, 04 de Julio de 2.013
203º y 154°
Vistas las anteriores actuaciones, y por la complejidad del caso, en autos, se acuerda diferir el pronunciamiento de la Sentencia por un lapso de treinta (30) días continuos, a partir del día siguiente a la publicación del presente auto, de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, norma aplicada supletoriamente.
La Jueza,
ABG. YOLIMAR HERNANDEZ FIGUERA.
La secretaria,
ABG. DANIELA VALLES RODRÍGUEZ
Exp. 2.013-0045.
YHF/dvr.-