REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, veintinueve de julio de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: DP11-L-2009-000397

PARTE ACTORA: ciudadano JOSE GREGORIO MARTINEZ TOVAR, cédula de identidad No.5.267.143.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JOSE OCHOA, INPREABOGADO No.67.254.

PARTE DEMANDADA: CLINICA CALICANTO C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: LEONARDO DIAZ, INPREABOGADO No.113.273.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy lunes, en la fecha arriba señalada, siendo las 8:40 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar el acto conciliatorio en etapa de ejecución, comparecen los ciudadanos supra identificados. La ciudadana Juez declaró abierto el acto. Las partes después de efectuado el dialogo, manifiestan de mutuo acuerdo que a los fines de poner fin el presente asunto, haciendo uso de los medios alternativos de resolución de conflictos, acuerdan que el monto sentenciado SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CERO TRES CENTIMOS (Bs. 646.299,03) serán pagados en forma fraccionada, esto es la cantidad de Bs.215.433,01 mediante cheque No.88178957 de la cuenta corriente No.01050066401066253641 contra el Banco Mercantil a nombre del trabajador actor, el cual es entregado el día de hoy y recibido por el demandante, se anexa copia de lo indicado; el segundo pago por la cantidad de Bs. 215.433,01 en fecha 29 de agosto 2013 y el saldo de Bs. 215.433,01 en fecha 30 de septiembre 2013, ambos, en actuación conjunta por ante la unidad de recepción de documentos de este circuito judicial a las 10 de la mañana; y la cantidad de Bs.4.480,00 a nombre de Raima Matute e Yvan Zolovey, expertos contables en fecha 1 de noviembre 2013.