REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal CUARTO de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, MIERCOLES 12 de Junio de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-007680
ASUNTO : NP01-P-2010-007680


Vista la solicitud de la Defensora Pública Décima del Estado Monagas, a favor del acusado ROBERTO ASTUDILLO, a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, y quien tiene una MEDIDA CAUTELAR DE PRESENTACIONES, mediante la cual requiere la extensión de estas, se observa:

Consignó la defensora una constancia a nombre del acusado, suscrita presuntamente por un representante de la empresa Transporte Oklahoma c.a., y fundamentó su solicitud la ciudadana defensora, que éste se presenta cada ocho (08) días y que resulta dificultoso trasladarse en ese intervalo en razón de su trabajo.-

Ahora bien, se observa en la causa que el acusado ROBERTO ASTUDILLO ha acudido a los llamados del Tribunal, es decir cumple con sus obligaciones procesales, pero además también se observa del reporte que se anexa, que éste cumple regularmente con sus obligaciones, y así lo ha hecho por mas de ocho (08) meses con un total de 32 presentaciones o registros.-

Por lo tanto, esta Juzgadora considera ajustada a Derecho la solicitud del Defensor, y ACUERDA la extensión de las presentaciones que viene cumpliendo ROBERTO ASTUDILLO, a TREINTA (30) DIAS y no a 45 como lo solicitó la defensora, por ante el Alguacilazgo, manteniéndose incólume el resto de las condiciones de la medida cautelar otorgada. Y ASI SE DECLARA.-

Líbrese oficio al Departamento de Alguacilazgo.-

Regístrese, déjese copia y notifíquese.-


La Jueza,


ABG. YLCIA PÉREZ JOSEPH.-

La Secretaria,


Abg.