REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 10 de Junio de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NL01-P-1999-000064
ASUNTO : NL01-P-1999-000064

Corresponde a este Tribunal emitir el respectivo pronunciamiento en relación a la Aprehensión del ciudadano: HÉCTOR RAFAEL MAURERA, titular de la Cedula de Identidad numero V-12.152.7478, a tal efecto este Tribunal pasa a decidir en los siguientes términos:
Único
Por recibida y vista el acta de Aprehensión emanada de la Sub- Delegación de Punta de Mata del Estado Monagas, mediante el cual informaron a este Tribunal en cuanto a la detención del ciudadano: HÉCTOR RAFAEL MAURERA, titular de la Cedula de Identidad numero V-12.152.7478, por presentar solicitud en el presente asunto NL01-P-1999-000064 oficio numero 3E-41-07 de fecha 23-01-2007,

Ahora bien verificándose de la revisión de las actuaciones que la solicitud indicada guarda relación con el presente expediente, se observa a las actuaciones que por la solicitud que presenta el referido ciudadano ante este Tribunal Tercero de Ejecución según oficio numero 3E-4107 de fecha 23-01-2007, se decreto la Libertad plena por cumplimiento de la misma en fecha 17 de septiembre de 2011, es por todo cuanto antecede que puede argüir quien aquí decide que estamos en presencia de una detención ilegitima por cuanto las solicitudes indicadas no están vigentes situación que contraviene lo previsto en el articulo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, asimismo se acuerda dejar sin las ordenes de aprehensión libradas en el presente asunto y las causas acumuladas que guardan relación con la misma. Finalmente se ordena la libertad del referido ciudadano desde la Comandancia de la Policía Socialista de este Estado. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA.
Por todo cuanto antecede es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley decreta la Libertad inmediata a favor del ciudadano: HÉCTOR RAFAEL MAURERA, titular de la Cedula de Identidad numero V-12.152.7478, por constituir una detención ilegitima que contraviene lo previsto en el articulo 44 numeral 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, finalmente se acuerda dejar sin las ordenes de aprehensión libradas en el presente asunto y las causas acumuladas que guardan relación con la misma. Finalmente se ordena la libertad del referido ciudadano desde la Comandancia de la Policía Socialista de este Estado. Remítanse las actuaciones al archivo Judicial previo cumplimiento del lapso legal. Y ASÍ SE DECIDE. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZA

ABG ROSMELYS ROJAS BARRETO.
LA SECRETARIA

ABG ALEXA VALLENILLA.