REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MATURÍN

COMISIÓN Nº 5968-13
PARTES: JOSÉ MIGUEL CORDERO BETANCOURT.-
CONTRA: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MATURÍN DEL ESTADO MONAGAS.-
MOTIVO: QUERELLA FUNCIONARIAL (NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO) / MEDIDA INNOMINADA.

En el día de hoy, doce (12) de Junio del año dos mil trece (2013), siendo las 11:30 a.m., hora y día fijada para el trasladó de este Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en compañía del ciudadano JOSÉ MIGUEL CORDERO BETANCOURT, titular de la Cédula de Identidad N° 8.379.818, Representada por el Abogado CESAR VISO RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 28.654; en las instalaciones de la Alcaldía del Municipio Maturín del Estado Monagas, ubicada entre la Avenida Bolívar y la Calle Azcúe de esta ciudad de Maturín del Estado Monagas. Constituidos en dicho sitio se hizo presente una persona quien se identificó como Jeanett Fariñas, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.896.453, a quien se le notifica de la misión del Tribunal en su condición de Sindico Procurador de dicha Institución. Acto seguido la parte Ejecutante expone: “Solicito se de estricto cumplimiento a la comisión encomendada por el Tribunal de la causa, en tal sentido se proceda a la reincorporación inmediata del ciudadano JOSÉ MIGUEL CORDERO BETANCOURT, a su puesto de trabajo como AUDITOR II o a un cargo de igual o superior jerarquía, y se proceda a la cancelación de los salarios dejados de percibir desde su ilegal despido en fecha 30 de Noviembre del año 2008, hasta su definitiva incorporación; igualmente solicito que el correspondiente cálculo de los salarios dejados de percibir sea realizado a la brevedad posible”. Es todo. El Tribunal visto lo anterior ordena a la notificada la reincorporación inmediata del ciudadano JOSÉ MIGUEL CORDERO BETANCOURT, a su puesto de trabajo como AUDITOR II o a un cargo de igual o superior jerarquía, y se proceda a la cancelación de los salarios dejados de percibir desde su ilegal despido en fecha 30 de Noviembre del año 2008, hasta su definitiva incorporación; y se proceda a la brevedad posible al cálculo de los mismos”. Es todo. Acto seguido la notificada expone: “Se acata la reincorporación del ciudadano JOSÉ MIGUEL CORDERO BETANCOURT, y se procederá a la brevedad posible al Cálculo de los Salarios dejados de percibir; Igualmente se hará la revisión presupuestaria para proceder a su cancelación en cuanto exista disponibilidad”. No habiendo otros señalamientos se concluye el acto y se ordena el regreso a la sede, siendo las 12:30 a.m. Terminó, se leyó y conformes firman.-
Juez Titular, El Notificado, El Ejecutante,

La Secretaria Apoderado Judicial


Comisión N° 5968-13
FCC/mnv.