REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Maturín, 28 de Junio de 2013
203° y 154°



SENTENCIA INTERLOCUTORIA


Visto el Recurso de Apelación, propuesto por el ciudadano FLORENCIO JOSE MATA SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.885.550, debidamente representado por el abogado José Luís Atienza Petit, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 71.912, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, tiene incoado en contra de la empresa INVERSIONES METROPOLIS, C.A., este Tribunal pasa a revisar el presente asunto.

En fecha 25 de junio de 2013, se recibe el presente recurso de apelación en contra del auto dictado en fecha 28 de Mayo de 2013, mediante la cual la Jueza Temporal del Juzgado Cuarto de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución; en esa misma fecha se admite y fija oportunidad para la celebración de la audiencia de parte, para el día viernes 28 de Junio de 2013 a las 08:40 a.m., todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 186 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, una vez realizado el anuncio del acto, por parte del Alguacil adscrito a esta Coordinación del Trabajo, se levantó acta mediante la cual se dejó constancia expresa de la incomparecencia de la parte recurrente, la cual no asistió a la celebración de la audiencia, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno.

Ahora bien, resulta clara la obligatoriedad de la celebración de la audiencia de parte, para que ejerza su oportunidad de exponer ante esta alzada los motivos por la cual ejerce el recurso de apelación, en consecuencia se considera desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, por lo que forzosamente debe confirmarse el auto apelado. Así se decide.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Luís Atienza Petit, en representación del ciudadano FLORENCIO JOSE MATA SALAS, en consecuencia queda firme el auto proferido en Primera Instancia, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, sigue el ciudadano antes mencionado contra la empresa INVERSIONES METROPOLIS, C.A., ambos ya identificados.
Particípese de la presente decisión al Tribunal de la causa. Líbrese oficio.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los veintiocho (28) días del mes de Junio de dos mil trece (2013). Año 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza Primera Superior

Abg. Petra Sulay Granados
La Secretaria

Abg. Yenny Mudarra

En esta misma fecha, se dictó y publicó la anterior decisión. Conste. La Stria.


ASUNTO: NP11-R-2013-000127
ASUNTO PRINCIPAL: NP11-L-2010-000516