Asunto AP41-U-2012-000334 Sentencia Interlocutoria Nº 068/2013

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 7 de Junio de 2013
203º y 154º

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por el abogado Antonio Dugarte, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 96.654, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil C.A. CENTRO MEDICO DE CARACAS, mediante el cual promueve las documentales referidas a los soportes de los comprobantes de Retención, emitidos por los respectivos agentes correspondientes a los créditos fiscales del Impuesto Sobre La Renta del año 2003, aplicados para compensar Impuesto a los Activos Empresariales del año 2003 y dozavos del referido Impuesto para el año 2004, los cuales se detallan a continuación: 1. Banco Exterior, por un monto (Bs. 28.689.083,43); 2. Instituto de Previsión del Profesorado de la UCV, por un monto de (Bs. 12.895.563,68); 3. Multinacional de Seguros, C.A. por un monto de (Bs. 11.076.178,58); 4. La Oriental de Seguros, S.A. por un monto de (Bs. 15.435.505,50); 5. Petróleo de Venezuela Sociedad Anónima (PDVSA), por un monto de (Bs. 28.044.894,00); 6. Administradora de Servicios Planinsa, C.A., por un monto de (Bs. 14.669.873,50); 7. Qualitas Alfa Medicina Privada, C.A., por un monto de (Bs. 9.032.328,00); 8. Royal & Sunalliance Seguros (Venezuela, S.A.), por un monto de (Bs. 11.325.830,34); 9. Seguros Caracas de Liberty Mutual, por un monto de (Bs. 70.572.862,80); 10. Seguros la Federación, C.A. por un monto de (Bs. 240.363,71); 11. Seguros La Federación, C.A., por un monto de (Bs. 9.903.317,52); 12. Seguros Mercantil, por un monto de (Bs. 78.490.336,23); 13. Seguros Mercantil, por un monto de (Bs. 952.567,92); 14. Seguros Mercantil, por un monto de (Bs.371.932,62); 15. Seguros Mercantil, por un monto de (Bs. 87.453.360,27); 16. Seguros Mercantil, por un monto de (Bs. 33.882,04); 17. Seguros Mercantil, por un monto de (Bs. 762.278,47) y 18. Fotocopia de la Declaración Definitiva de rentas del ejercicio 2003. Este Tribunal observa que las pruebas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, por lo que las ADMITE salvo su apreciación en la definitiva.

Se imprimen dos ejemplares bajo un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación del presente fallo, el segundo para que repose en original en el copiador de sentencias de este Tribunal.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los siete (07) días del mes de junio de dos mil trece (2013).
El Juez

Raúl Gustavo Márquez Barroso
La Secretaria,

Bárbara Luisa Vásquez Parraga.








ASUNTO: AP41-U-2012-000334
RGMB/blvp/gg