REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 17 de junio de 2013
203º y 154º
ASUNTO: AP11-O-2013-000086

Visto el anterior oficio Nº 13-0387, proveniente del Tribunal Supremo de Justicia Sala Constitucional, a través del cual remiten el Expediente Nº AA50-T-2012-000919 (nomenclatura interna de ese Tribunal), constante de una (1) pieza principal, de sesenta y un (61) folios útiles, contentivo del juicio que por ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, sigue el ciudadano YIMMY ANNEL ACOSTA PÉREZ, contra la ciudadana MARÍA JUSTINIANA GUTIÉRREZ GARCÍA, este Tribunal le da entrada a los fines que surtan los efectos legales consiguientes y se aboca al conocimiento de la causa, en el estado en que se encuentra.
Ahora bien, Por recibido y visto la anterior ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL presentado por el ciudadano YIMMY ANNEL ACOSTA PEREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.670.054, asistido por el abogado RANDOLPH O. MOLLEGAS P., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 69.301, contra la ciudadana MARÍA JUSTINIANA GUTIÉRREZ GARCÍA, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.665.874, así como los recaudos acompañados y los alegatos esgrimidos en el mismo, en el cual alega la presunta violación de preceptos constitucionales, basado en los artículos 21, 26, 49, 51 y 257, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 2 y 6 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 26 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en acatamiento de la Sentencia Nº 7 del 1º de febrero de 2000, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado: Dr. Jesús Eduardo Cabrera; este Tribunal ADMITE cuanto ha lugar en derecho el Amparo Constitucional propuesto, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Primera Instancia, Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia, se ordena la notificación de la presunta agraviante, ciudadana MARÍA JUSTINIANA GUTIÉRREZ GARCÍA, antes identificada, a los fines que se sirva concurrir a este Juzgado, ubicado en el piso 3, Torre Norte del Centro Simón Bolívar, Caracas, Distrito Capital, a objeto de que tenga conocimiento sobre el día y la hora en que se celebrará la audiencia oral y pública en el presente Amparo Constitucional, la cual tendrá lugar tanto en su fijación como para su celebración, dentro de las NOVENTA Y SEIS (96) horas, computadas a partir de la notificación que sea practicada. Notifíquese, de la apertura del presente procedimiento, tal como lo establece el artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, al MINISTERIO PÚBLICO, en la persona del Director en lo Constitucional y Contencioso Administrativo, según lo ordenado mediante oficio Nº 46579 de fecha 17-10-2002, acompáñese a la misma copia certificada del escrito de la solicitud de amparo y del presente auto de admisión. Líbrese boleta de notificación y oficio, previa consignación de los fotostatos respectivos mediante diligencia, y hágase entrega de los mismos a la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, a objeto que se practique las diligencias correspondientes. Cúmplase.-
La Juez

SARITA MARTÍNEZ CASTRILLO.-
La Secretaria

JINNESKA GARCÍA.-










SM/JG/AM