REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 11 de Junio de 2013
203º y 154º

ASUNTO: AH1A-F-2007-000200
MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO.
DECISION: (INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA).

DEMANDANTE: CARMEN INIDIRA MENDEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, divorciada, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V-5.420.488.

APODERADO DE LA
PARTE DEMANDANTE: ELSA PINTO ARRETURETA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 70.800..

DEMANDADO: SLIEMEN YORDI EL KICHIN, venezolano, mayor de edad, divorciado, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V- 6.263.562.
APODERARO DE LA
PARTE DEMANDADA: JOSE MANUEL ROJAS,inscrito en el Inpreabogado
bajo el Nº 25.827

Punto Previo

En fecha 10 de abril de 2007, se dictó auto de admisión y se ordenó el emplazamiento del ciudadano SLIEMEN YORDI EL KICHIN, a los fines que comparezcan ante la Sede de este Tribunal.
En fecha 31 de mayo de 2007, se admitió la reforma parcial de la demanda.
En fecha 27 de junio de 2007, el abogado Urbano Rafael Figuera, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.199, consigna contestación de la demanda.
En fecha 20 de Diciembre de 2007, se realizó la correspondiente distribución, quedando para conocer el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
En fecha 07 de abril de 2009, la Juez Abg. MARIA CAMERO ZERPA, se aboco a la presente causa, y se ordenó librar boletas de notificación a las partes.
En fecha 12 de noviembre de 2009, el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dictó sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva, en donde declara SIN LUGAR las cuestiones previas contenidas en los ordinales 6º, 9º y 11º, opuestas por la parte demandada.
En fecha 02 de diciembre de 2009, la parte actora se da por notificada de la sentencia de fecha 12 de noviembre de 2009, y solicitó se libre boleta de notificación a la parte demandada.
En fecha 12 de enero de 2010, el Tribunal ordenó notificarle al ciudadano SLIEMEN YORDI EL KICHIN, de la sentencia interlocutoria dictada por este Juzgado en fecha 12 de noviembre de 2009.
En fecha 26 de enero de 2010, la abogada Elsa Pinto, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, consignó las expensas a los fines de la practica de la notificación.
En fecha 29 de enero de 2010, comparece ante este Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el ciudadano José Ruiz, en su carácter de Alguacil y expone que el ciudadano SLIEMEN YORDI EL KICHIN, recibió la notificación y firmó la copia.
En fecha 25 de febrero de 2010, la abogada Elsa Pinto actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora consignó escrito de promoción de pruebas.
En fecha 24 de marzo de 2010, este Tribunal ordenó la reconstrucción a través del Sistema Iuris de las actuaciones realizadas por este Juzgado.
En fecha 18 de Mayo de 2010, la abogada Elsa Pinto, solicitó el abocamiento del ciudadano Juez en la presente causa.
En fecha 09 de Junio de 2010, el ciudadano Juez Abg. Luis Ernesto Gómez Sáez, se abocó al conocimiento de la presente causa.
En fecha 26 de julio de 2010, la abogada Elsa Pinto actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, solicitó la custodia especial del presente expediente.
En fecha 02 de agosto de 2010, este Tribunal acordó otorgar custodia especial al presente expediente.
En fecha 05 de octubre de 2010, la abogada Elsa Pinto actuando en su carácter de abogada de la parte actora solicitó se dictara sentencia.
En fecha 18 de enero de 2011, acudieron a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, los ciudadanos CARMEN INIDIRA MENDEZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-5.420.488, parte actora en juicio de Acción Mero Declarativa de Concubinato y SLIEMEN YORDI EL KICHIN, titular de la cédula de identidad Nº V-6.263.562, parte demandada y conviene en el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, asistidos en este acto por la abogada DELIA AVILA SUAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 43.069, y solicitan el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO.
Ahora bien, este Tribunal antes de emitir pronunciamiento sobre lo solicitado realiza las siguientes consideraciones:
En primer lugar, el Tribunal observa que efectivamente, quien solicitó el desistimiento fue la parte actora, ciudadana CARMEN INIDIRA MENDEZ GONZALEZ, con plena facultad para realizarlo, y la parte demandada conviene en el DESISTIMIENTO, en consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil declara CONSUMADO dicho DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO contra el ciudadano SLIEMEN YORDI EL KICHIN.
Publíquese, regístrese, déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los once (11) días del mes de junio del año dos mil trece (2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
EL JUEZ


Abg. LUIS ERNESTO GÓMEZ SAEZ
LA SECRETARIA


Abg. JENNY GONZALEZ FRANQUIS

En esta misma fecha, siendo las ___________, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA

Abg. JENNY GONZALEZ FRANQUIS



Exp. AH1A-F-2007-000200
LEGS/JGF/Rosana.-