REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecinueve (19) de junio de dos mil trece (2013)
203º y 154º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-002635

PARTE ACTORA: RAFAEL ALBERTO MAIMONE ARAUJO, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No.10.507.435.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: RAFAEL ALBERTO MAIMONE ARAUJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.755.

PARTE DEMANDADA: INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y ACUICULTURA (INSOPESCA).

APODERADOS JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JAIME BISBAL GIRALDELLI, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.994, e inscrita en el Inpreabogado ISAMIR PIERINA GONZALEZ NIÑO, inscritA en el Inpreabogado bajo el número 124.455.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día de hoy, diecinueve (19) de junio de dos mil trece (2013), siendo las 9:00 am de la mañana, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anunció el acto con las formalidades de ley.
En este estado, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante RAFAEL ALBERTO MAIMONE ARAUJO, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No.10.507.435, quien a su vez se representa a si mismo por ser profesional del derecho y estar inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.755, por otra parte, comparece la demandada INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y ACUICULTURA (INSOPESCA), representada por sus apoderados judiciales JAIME BISBAL GIRALDELLI, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.994, e inscrita en el Inpreabogado ISAMIR PIERINA GONZALEZ NIÑO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 124.455, según poder que riela en autos al folio 69 y 70.
En consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora y de sus apoderados judiciales a la audiencia preliminar fijada para el día de hoy en el presente proceso y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley dicta seguidamente el dispositivo del fallo de la manera siguiente: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN LA ACCIÓN INCOADA por RAFAEL ALBERTO MAIMONE ARAUJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.755, en contra de la demandada INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y ACUICULTURA (INSOPESCA), representada por sus apoderados judiciales JAIME BISBAL GIRALDELLI, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.994, e inscrita en el Inpreabogado ISAMIR PIERINA GONZALEZ NIÑO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 124.455. En consecuencia, SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Así se decide.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, diecinueve (19) de junio de dos mil trece (2013).

FRANCISCO JAVIER RÍO BARRIOS
EL JUEZ



APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADADA





LA SECRETARIA
Dorimar Chiquito