REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
PARTE DEMANDANTE: MILENA CARIBAY CAMEJO ZORRILLA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-11.085.988, de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: JOSÉ APARICIO RUEDA GOICOCHEA, venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad N° V-7.180.204, de este domicilio
MOTIVO: DIVORCIO
EXPEDIENTE N°: 14.718.
Maracay: 06 de Junio de 2.013.
203º y 154º
Vista la diligencia que antecede estampada por la Abogada en Ejercicio ISABEL RIVERA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 101.027, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, y el pedimento contenido en la misma, este Tribunal dá por consumado el desistimiento del presente procedimiento, y le imparte su homologación de conformidad con lo establecido en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, se dá por terminado el presente juicio, y se ordena el archivo del expediente, y su respectiva remisión al archivo judicial.
EL JUEZ,
RAMÓN CAMACARO PARRA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
NURY CONTRERAS SÁNCHEZ.
RCP/NCS/Nineya.-
EXP Nº 14.718.
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