Maracay, 04 de Junio de 2013
202º y 153º
ASUNTO: DP11-L-2013-000506
ACTA
PARTE ACTORA: JOVANNI ANTONIO CAÑIZALES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.182.454 y de este domicilio. (NO COMPARECIÓ))
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (NO COMPARECIÓ)
PARTE DEMANDADA: FREDDY ZUBIRIA.-
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: AURA NIÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 108.008.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS.-

En el día hábil de hoy, 04 de Junio de 2013, siendo las 10:00 a.m, oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar Inicial en el presente juicio; se deja constancia de la NO comparecencia de la parte actora ciudadano JOVANNI ANTONIO CAÑIZALES, supra identificados a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, asimismo, el Juez deja constancia de la comparecencia de la apoderada judicial de la parte demandada, abogado en ejercicio AURA NIÑO. En este estado y visto lo anteriormente señalado, es por lo que conforme a las previsiones del Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ

DR. JUAN CARLOS BLANCO MUÑOZ.


LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


EL SECRETARIO

ABOG. HAROLYS PAREDES.-