REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 20 de junio de 2013
203º y 154º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
ASUNTO: DP11-L-2012-001199
PARTE ACTORA: KELY LORENA IBARGUEN SINISTERRA, venezolana, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad, No22.284.232
APODERADA JUDICIALDE LA PARTE ACTORA: MARIELA EMPERATRIZ CONTRERAS SEIJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-7.273.856, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado No. 116.239
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES MODELCA C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: SIN CONSTITUIR
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Vista la diligencia que antecede presentada en fecha 11 de junio de 2013, recibida por ante este Juzgado, el 19 de junio de 2013, suscrita por la ciudadana, KELY LORENA IBARGUEN SINISTERRA, venezolana, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad, No22.284.232 parte actora en el presente asunto, plenamente identificada en los autos, y la apoderada judicial ciudadana, abogada: MARIELA EMPERATRIZ CONTRERAS SEIJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-7.273.856, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado No. 116.239 mediante la cual desiste del procedimiento que cursa en la presente causa. Este Tribunal de conformidad a lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, y por aplicación analógica de lo estipulado en el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, le imparte HOMOLOGACIÓN Al DESISTIMIENTO, solo en cuanto al procedimiento, OTORGÁNDOSELE CARÁCTER DE COSA JUZGADA, y una vez transcurrido el lapso de Ley a los efectos de la interposición de los Recursos a que hubiera lugar se ORDENARÁ EL CIERRE Y ARCHIVO del presente expediente.
LA JUEZ,

ABG. NAZARET DAMELI BUENO CLARIN.
LA SECRETARIA,
ABG. LOIDA LUCÍA CARVAJAL GUEVARA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado siendo las 10:30 a.m.

LA SECRETARIA,
ABG. LOIDA LUCÍA CARVAJAL GUEVARA