REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, veintiuno de junio de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO : AP51-V-2013-004502
PARTE ACTORA: PAOLA CAROLINA MURGAS GELVEZ, titular de la cédula de identidad Nro V- 16.288.852
PARTE DEMANDADA: LEONARDO ENRIQUE GARCIA MARQUEZ, titular de la cédula de identidad Nro V- 17.077.438.
MOTIVO: ALCANCE DE LA SENTENCIA.
Vista la diligencia que antecede suscrita por los ciudadanos PAOLA CAROLINA MURGAS GELVEZ y LEONARDO ENRIQUE MACIAS MARQUEZ, plenamente identificados, mediante la cual procedieron a informar que se omitieron cláusulas relativas a la obligación de manutención a favor de su hijo ------, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial, procede en este acto a dictar el presente alcance a la decisión dictada en fecha 13-05-13; en tal sentido, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el complemento del acuerdo que celebran los ciudadanos PAOLA CAROLINA MURGAS GELVEZ y LEONARDO ENRIQUE GARCIA MARQUEZ, identificados supra, en fecha 20-06-13, en los mismos términos fines y condiciones en que fue suscrito, le imparte su aprobación y lo da por consumado y lo tiene como parte de la decisión dictada en fecha 13-05-13. ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Caracas, veintiuno (21) de junio de 2013. Años 203° y 154°.
EL JUEZ,

Abg. ALCIDES ROBLES GORDILLO
LA SECRETARIA,

Abg. ZENOBIA ELENA ERAZO.