REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
202º y 153º
Barquisimeto, 17 de Junio de 2013

ASUNTO KP01-P-2007-008756
“SOBRESEIMIENTO ORDINAL ARTICULO 300 Ord. 3ero.”

Vista la solicitud de Sobreseimiento de la Causa formulada por el representante del Ministerio Público, actuando de conformidad con lo dispuesto en los Artículos, 285 numeral 4 de nuestra Carta Magna, con el Ordinales 15 y 16 del articulo 37 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, y el articulo 111 Numeral 7mo, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 302 Ejusdem.

PRIMERO: El presente asunto se inició en virtud de que en fecha 15-10-07 encontrándose en labores de patrullaje funcionarios de la Policial del Estado Lara en la entrada principal del Barrio Los Pocitos cuando visualizaron a un ciudadano que al notar la presencia de la comision policial intento evadirla, por lo que le dieron la voz de alto y se identificaron como funcionarios policiales y le solicitaron que exhibiera todo lo que portaba, manifestando no poseer nada por lo que se le realizo una revision corporal y se le encontró en la parte delante en el bolsillo derecho del pantalón DOS (02) envoltorios elaborados en papel de color marrón contentivos en su interior de una sustancia de presunta droga, procediendo a la detención del ciudadano que quedo identificado como ALEXANDER JOSE LOPEZ MORA indocumentado.

Razón por la cual, esta Juzgadora considera que lo procedente y ajustado a derecho es decretar el sobreseimiento de conformidad con el artículo 300 Ord. 3ero. Ejusdem, por el presente Asunto. Así se decide.


DECISION
Por las razones anteriormente expuestas éste TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de conformidad con el artículo 300 Ord. 3ero., en relación con el artículo 49 numeral 8vo. Ejusdem, en la causa seguida al ciudadano WILMER GUTIERREZ titular de la cedula de identidad Nº V- . SEGUNDO: Se ordena el cese de toda medida de coerción personal que pesaba sobre El ciudadano WILMER GUTIERREZ titular de la cedula de identidad Nº V- . TERCERO: Remítase al Archivo Judicial una vez cumplidas las formalidades de ley.
Regístrese y Cúmplase.

EL JUEZ PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL

ABG. OSWALDO JOSE GONZALEZ ARAQUE

LA SECRETARIA