REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, veintiséis de junio de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: DP11-L-2012-001732
PARTE ACTORA: ciudadano JUNIOR DE JESUS LOPEZ HERAZO, cédula de identidad número 13.478.153
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Norelys Pérez, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 166.622.
PARTE DEMANDADA: LABORATORIOS KIMICEG CA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS RUEDA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.187.995.
MOTIVO: Diferencias de Prestaciones sociales y otros conceptos.
En el día hábil de hoy miércoles, en la fecha arriba señalada, siendo las 2:50 p.m, comparecen por la parte actora Norelys Pérez, abogada, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 166.622 en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JUNIOR DE JESUS LOPEZ HERAZO, cédula de identidad número 13.478.153, tal como se evidencia del instrumento poder inserto al folio 50 de los autos y por la parte demandada LABORATORIOS KIMICEG C.A el abogado LUIS RUEDA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.187.995, carácter que consta al folio 59 de los autos, ambas partes solicitan, a la ciudadana Juez, celebrar en forma anticipada la audiencia pautada para el día dos de julio 2013. Esta rectora acuerda lo peticionado, por no ser contrario a derecho y declaró abierto el acto. En este estado ambas partes exponen: Que han decidido dar por terminado el presente proceso judicial de mutuo acuerdo, haciendo uso de los medios alternativos de resolución de conflictos como es la mediación donde LA PARTE DEMANDADA ofrece pagar la cantidad de SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLÍVARES CON NOVENTA Y UN CENTIMOS (Bs.75.435,91), dicho monto se encuentra depositado en la cuenta de ahorros No.1750061950061615388 la cual se encuentra consignada en el asunto No. DP11-S-2013-000353 asignado al Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este circuito Judicial, en consecuencia solicita se oficie a dicho Tribunal, a los fines de entregue a la apoderada judicial de la parte actora, la libreta de ahorros ya identificada. La ciudadana Norelys Pérez, abogada, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 166.622 en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JUNIOR DE JESUS LOPEZ HERAZO, cédula de identidad número 13.478.153, supra identificada, manifiesta que esta conforme con el monto acordado, no teniendo nada más que reclamar a la demandada por diferencias de salarios caídos y otros beneficios laborales.
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