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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
 
 La Victoria, diecinueve (19) de marzo de dos mil trece (2013).
 202º y 154º
 
 N° DE EXPEDIENTE: DP31-L-2012-000305
 PARTE ACTORA: MIGUEL ALBERTO GARCIA, titular de la cédula de identidad Nro. 11.172.570
 PARTE DEMANDADA: ENVASES VENEZOLANOS DE ALUMINIO, C.A.
 MOTIVO: ENFERMEDAD OCUPACIONAL
 
 
 Hoy, martes diecinueve (19) de marzo del dos mil trece (2013), siendo el día y hora fijado, para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto,  y en vista que no se encuentra presente ni la parte actora ni la parte demandada, es por lo que, este Tribunal pasa a realizar las siguientes consideraciones:
 
 En fecha diecinueve (19) de julio del dos mil doce (2012), se recibe ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento (URDD), escrito libelar contentivo de demanda  por ENFERMEDAD OCUPACIONAL incoada por el ciudadano MIGUEL ALBERTO GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nro. 11.172.570, debidamente asistido por la ciudadana abogada JOSHUA NAVARRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº  132.081.
 
 En fecha dos (02) de agosto del dos mil doce (2012), este Tribunal mediante auto Admite la presente demanda por no ser contraria a derecho la petición de la parte demandante y en consecuencia ordena emplazar a la parte demandada ENVASE VENEZOLANOS DE ALUMINIOS, C.A. (ENVALCA), en la persona de su representante legal, ciudadano ALEJANDRO KRUCKER, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.229.897.
 
 En fecha veintiséis (26) de febrero del dos mil trece (2013), el ciudadano alguacil Andrés Ávila consigna cartel de notificación mediante la cual expone “..Informo al Tribunal que el día 25-02-2013, a las 10:45 A.m., me traslade a la parte demandada: ENVASES VENEZOLANO DE ALUMINIO C.A. (ENVALCA) ubicada en la siguiente dirección: ZONA INDUSTRIAL LOS TANQUES CALLE H-8 MUNICIPIO ZAMORA ESTADO ARAGUA. Con el fin de practicar cartel de Notificación, una vez en el lugar me entreviste con el ciudadano (a) MARÍA ELENA MORA, titular de la cédula de identidad número: V-4.452.939, en su condición de GERENTE DE R.R.H.H., quien manifestó que recibiría sin ningún tipo de problema firmaría a pie de página el cartel de Notificación, quedando plenamente Notificada la parte demandada, visto esto y de haber verificado sus datos, procedí hacerle entrega, pegar y fijar el Cartel de Notificación en la puerta principal de la empresa…”
 
 En fecha veintisiete (27) de febrero del dos mil trece (2013), la secretaria adscrita a este Tribunal certifica la consignación del cartel de notificación practicada por el ciudadano alguacil, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126 de la Ley Adjetiva Laboral, por lo que a partir del día siguiente al del veintisiete (27) de febrero del 2013 comenzó a contarse un (01) día continuo como término de la distancia y vencido este comenzó a computarse los días de despacho correspondiente para que tenga lugar la audiencia preliminar.
 
 En este sentido, con vista al libro diario es menester realizar el computo de los días de despacho  transcurrido desde el día siguiente a la fecha de la certificación realizada por la secretaria hasta el día de hoy,  los cuales son los siguientes: 28 de febrero del dos mil trece (2013);  1, 4, 5, 11, 12, 13, 14, 15, 18 y 19 de marzo del dos  mil trece, transcurriendo un (1) día continuo  como termino de la distancia  y el término de diez (10) días de despacho.
 
 
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