REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 6 de Marzo de 2013
202º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2008-005004
ASUNTO : NP01-P-2008-005004


Corresponde a este Tribunal en funciones de guardia emitir el respectivo pronunciamiento, en relación a los recaudos recibidos ante este Tribunal en esta misma fecha, contentivos a la detención del ciudadano: CARLOS RAFAEL RAMÍREZ, titular de la Cedula de Identidad V-20.916.125, según orden de aprehensión librada en su oportunidad legal en la causa NP01-P-2009-005786 acumulada al presente asunto, a tal efecto esta instancia pasa a decidir en los siguientes términos:
Único
Recibidos como han sido los recaudos relacionados con el presente asunto, donde se informa a este Tribunal en relación a la detención del ciudadano: CARLOS RAFAEL RAMÍREZ, titular de la Cedula de Identidad V-20.916.125, según orden de aprehensión librada en su oportunidad legal en la causa NP01-P-2009-005786 observa este Tribunal que la misma no tiene vigencia en esta etapa procesal, toda vez que en fecha 09 de Julio de 2012, este Órgano Jurisdiccional le acordó al ciudadano: CARLOS RAFAEL RAMÍREZ titular de la Cedula de Identidad V-20.916.125, la conmutación del resto de la pena en confinamiento el cual ceso en fecha 24 de Diciembre de 2012, circunstancia esta que indefectiblemente evidencia que estamos en presencia de una detención ilegitima, lo cual contraviene lo previsto en el articulo 44 numeral 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, dado que no se encuentra vigente la citada orden, en consecuencia lo procedente y ajustado a derecho es decretar la LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano: CARLOS RAFAEL RAMÍREZ, titular de la Cedula de Identidad V-20.916.125, en lo que respecta a la orden librada por esta Tribunal en su oportunidad legal en la causa NP01-P-2009-005786 acumulada al presente asunto y como quiera que de las actuaciones recibidas se evidencia en el oficio 9700-080-01380 procedente del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub- Delegación Valencia Estado Carabobo que el ciudadano: CARLOS RAFAEL RAMÍREZ, titular de la Cedula de Identidad V-20.916.125, se encuentra solicitado por el Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana según expediente 1E-J10-608 a tal efecto este Tribunal lo coloca a la orden del citado Órgano Jurisdiccional, a los fines legales consiguientes. Asimismo se comisiona a funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Crinimalisticas a objeto de que realicen el traslado del penado hasta la sede del Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana, asimismo Ordenando oficiar de manera inmediata a los fines de su conocimiento. De igual forma se ordena ratificar los oficios en los cuales se ordeno dejar sin efecto la orden de aprehensión librada en el presente asunto ante los diferentes cuerpos de seguridad. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA
Por todo cuanto antecede es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano: CARLOS RAFAEL RAMÍREZ, titular de la Cedula de Identidad V-20.916.125, en lo que respecta a la orden librada por este Tribunal en su oportunidad legal en la causa NP01-P-2009-005786, acumulada al presente asunto y como quiera que las actuaciones recibidas se evidencia en el oficio 9700-080-01380 procedente del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub- Delegación Valencia Estado Carabobo CARLOS RAFAEL RAMÍREZ, titular de la Cedula de Identidad V-20.916.125, se encuentra solicitado por el Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescente según expediente 1E-J10-608, a tal efecto este Tribunal lo coloca a la orden del citado Órgano Jurisdiccional a los fines legales consiguientes. Asimismo se comisiona a funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Crinimalisticas a objeto de que realicen el traslado del penado hasta la sede del Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana Ordenando oficiar de manera inmediata a objeto de su conocimiento y demás fines legales, De igual forma se ordena ratificar los oficio en los cuales se ordeno dejar sin efecto la orden de aprehensión librada en el presente asunto ante los diferentes cuerpos de seguridad finalmente se Ordenando oficiar de manera inmediata al citado tribunal y Notificar a las partes del contenido de la presente decisión. Cúmplase.-
LA JUEZA


ABG ROSMELYS ROJAS BARRETO.


LA SECRETARIA

ABG ODULIA RUIZ BELMONTE.