REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, Dieciocho (18) de Marzo de 2013.
202º y 154º
DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS
PARTE DEMANDANTE: JOSE HORTENSIO GONZALEZ PICHEL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.724.001, actuando en nombre y representación de los ciudadanos FRANCISCO ARTURO PICHEL MARQUEZ, JOSE BENITO PICHEL MARQUEZ y MANUEL PICHEL MARQUEZ, cuyos pasaportes venezolanos son los Nros. 2332563, 3026004 y 005495092 respectivamente.
APORERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: JANNET PAREJO MAURERA, Abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 33.066.
PARTE DEMANDADA: DAVIDE PESTANA FARIA, Portugués, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. E-80.867.979, y DAVID RODOLFO DE PESTANA FARIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.813.819.
APODERADO JUDICIAL DEL CO-DEMANDADO DAVID RODOLFO DE PESTANA FARIA: DUBER JOSE GUAIMARAN FIGUERA, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 123.866.
APODERADO JUDICIAL DEL CO-DEMANDADO DAVIDE PESTANA FARIA: FRANCISCO JAVIER RIVERO, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 121.717.
MOTIVO: DESALOJO
EXPEDIENTE: 13.922
Visto el contenido de las diligencias cursantes a los folios 49 y 62 de la segunda pieza que conforma este expediente, suscritas por los abogados FRANCISCO JAVIER RIVERO y DUBER JOSE GUARINAM FIGUERA respectivamente y con el carácter de autos, este Tribunal en relación a lo solicitado provee de la manera que sigue:
Efectivamente, revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, se evidencia que al momento de dictar la sentencia que declaró SIN LUGAR la presente acción de DESALOJO, se omitió hacer la respectiva condenatoria en costas. En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante ciudadano JOSE H. GONZALEZ PICHEL, actuando en nombre y representación de los ciudadanos FRANCISCO ARTURO, JOSE BENITO y MANUEL PICHEL MARQUEZ. Y así se decide.
Con vista a lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara la presente ACLARATORIA como parte integral de la sentencia dictada en fecha Quince (15) de Octubre de 2012.
Publíquese, regístrese, déjese copia y notifíquese.
El Juez,
Abg. Gustavo Posada
La Secretaria,
Abg. Milagro Palma
GP/mjm
Exp. Nº 13.922
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