REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 18 de marzo de 2013
202º y 154º
ASUNTO: AH1A-M-2008-000087
MOTIVO: EJECUCION DE HIPOTECA (OPOSICION)
PARTE ACTORA: BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A., inscrita originalmente por ante el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha 15 de Enero de 1938, bajo el Nº 30, cuya última modificación estatutaria quedó inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial des Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha cinco (05) de junio de 2001, anotada bajo el Nro. 49, Tomo 38 A-Cto.-
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL CONSTRUCCIONES ALTOS DE MUCUNUTAN, C. A., domiciliada en Caracas, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda hoy Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial de Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 01 de Noviembre de 1995, bajo el Nro. 76, Tomo 332-A-Pro, cuya ultima modificación estatutaria consta de documento inscrito por ante el ya citado Registro Mercantil, en fecha 22 de Diciembre de 1997, bajo el Nro. 03, Tomo 328-A-Pro.-
DEFENSOR JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ROMINA SUÁREZ YENDY, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, abogada en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° V-15.792.672 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 121.148.
Se inicia al presente proceso por demanda incoada ante el Juzgado Distribuidor de turno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en quince (15) de julio de 2008.
Presentados los recaudos, en fecha ocho (06) de agosto de 2008, este Juzgado admitió la presente demanda.
En fecha once (11) de agosto de dos mil ocho (2008) se libró boleta de intimación a la parte demandada a los fines de lograr su citación personal.
Posteriormente en fecha primero (1º) de octubre de 2008, el alguacil accidental de este Juzgado, el ciudadano JOSE GREGORIO MENDOZA, expuso, que se traslado los días 23 y 24 de septiembre de dos mil ocho (2008) a la dirección suministrada por la representación legal de la parte demandada y encontrándose en dicha dirección preguntó por el ciudadano CARLOS EDUARDO DELGADO DE LIMAS y por la empresa CONSTRUCCIONES ALTOS DE MUCUNUTAN, C. A, le informó un empleado de la oficina, que no lo conoce y que hay funciona un escritorio de abogados Salazar Asociados.
Mediante diligencia de fecha 08 de octubre de 2008, el apoderado Judicial de la parte actora, abogado Fernando Luís Ruisánchez García, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 33.494 solicita la citación de la parte demandada mediante cartel de citación, posteriormente en fecha 03 de noviembre de 2008, se acordó librar cartel de citación a la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES ALTOS DE MUCUNUTAN, C.A., en esa misma fecha se libró cartel.-
En fecha siete (07) de abril de 2009, compareció el abogado Juan García Gago actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora el cual mediante diligencia consignó documento poder que acredita su representación y así como cinco carteles de intimación los cuales fueron publicados en el Universal.-
Mediante diligencia de fecha 287 de abril de 2009, el apoderado judicial de la parte actora solicita que sea fijado el cartel por intermedio de la secretaria en la dirección del demandado.-
En fecha 18 de mayo de 2011, este Juzgado dictó auto mediante el cual se instó a la parte diligenciante a suministrar los medios necesarios para el traslado de la Secretaria a la morada o domicilio de la parte demandada a fin de practicar dicha fijación
En fecha 03 de junio de 2011, la Secretaria titular de este despacho se trasladó a la siguiente dirección: Av. Francisco de Miranda, Edificio Canaima, piso 5. Oficina 304, Chacaito y fijó el cartel de intimación librado por este Juzgado en fecha 03 de noviembre de 2008, dirigido a la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES ALTOS DE MUCUNUTAN, C. A,
No compareciendo la parte demandada a darse por intimadas, a petición de la parte actora en fecha 02 de febrero de 2012, se designó DEFENSOR JUDICIAL, recayendo dicho compromiso en la abogada ROMINA SUÁREZ YENDY, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, abogada en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° V-15.792.672 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 121.148.-
Aceptado el cargo de Defensora Judicial designada, y prestado el juramento de Ley, en fecha dieciséis (16) de marzo de 2012, se ordenó su intimación mediante boleta, por auto de fecha nueve (09) de abril del 2012. Posteriormente la señalada Defensora presentó escrito, constante de cuatro (4) folio útil y un (1) anexo, donde señala que hace un desconocimiento de los argumentos de hecho como de derecho que pudiera alegar para hacer oposición, en razón de lo dispuesto en el artículo 663 del Código de Procedimiento Civil.
El artículo 663 del Código de Procedimiento Civil establece que dentro de los ocho días siguientes a la intimación, tanto el deudor como el tercero podrán hacer oposición al pago que se les intima, por las causales taxativas en él señaladas.
De los autos se desprende que la Defensora Judicial opositora realizó una oposición conforme al artículo 663 del Código de Procedimiento Civil, sin estar acompañado de prueba alguna en la cual fundamentare su oposición, motivo por el cual este JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la oposición formulada. En consecuencia, prosígase la ejecución de la hipoteca.
Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas a los dieciocho (18) días del mes de marzo de 2013. Años ° y 145°.
EL JUEZ,
Abg. LUIS ERNESTO GOMEZ SAEZ
LA SECRETARIA,
Abg. JENNY GONZALEZ FRANQUIS
En la misma fecha, siendo las ___________horas y previo el anuncio de Ley fue publicada y registrada la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,
ASUNTO: AH1A-M-2008-000087
LEGS/JGF/Yesmar R.-.-*
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