REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
En horas de despacho del día de hoy 13 de marzo del 2013, comparece por ante la secretaría del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el Dr. Víctor José González Jaimes, mediante la cual expone: De la revisión realizada en la presente causa se puede apreciar que este Tribunal en fecha 27 de febrero del presente año, le dio entrada a la presente causa contentivo de Juicio que por Disolución de Compañía, incoado por el ciudadano Manuel Eduardo Rodríguez, contra los ciudadanos Joao Santos de Sousa y Otros. Ahora bien, en los folios 05 al 30, corre inserta sentencia dictada por quien suscribe de fecha 23 de octubre del 2007, en la causa Nº 9460, de la nomenclatura interna de este Juzgado, contentivo del Juicio que por Disolución y Liquidación de Compañía, sigue el ciudadano Manuel Eduardo Rodríguez, contra los ciudadanos Joao Santos de Sousa y Otros. En virtud que en esa oportunidad emití opinión sobre el fondo del asunto debatido me INHIBO de seguir conociendo la presente causa, de conformidad con el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil y solicito al Juez que resulte competente declarar Con Lugar la presente Inhibición, la cual obra contra ambas partes. Una vez vencido el lapso de allanamiento remítase la causa principal a la Unidad de Recepción y Distribución de los Juzgados Superiores en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, e igualmente, remítase la presente incidencia junto con los recaudos pertinentes en copias certificadas a la referida Unidad de Recepción. Es todo, terminó, se leyó y conformen firman.
El Juez Inhibido,
Dr. Víctor José González Jaimes.
El Secretario,
Abg. Richars Domingo Mata
Exp: AP71-R-2013-000182