REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 04 de Marzo de dos mil trece (2013)
Años 202º de la Independencia y 154º de la Federación.

Vista la diligencia que antecede presentada el día 25 de Febrero de 2013 por el ciudadano MIGUEL HERNÁNDEZ, alguacil titular de la coordinación de alguacilazgo, consigno oficio Nº 4336-12 firmado y sellado por el Jefe de la Oficina Nacional de Registro Civil de la Parroquia Altagracia, este Tribunal acuerda en conformidad por cuanto de la revisión efectuada a las actas que conforman el presente expediente, se desprende que el mismo se encuentra TERMINADO, por tal motivo este Tribunal ordena su remisión a la División de los Archivos Judiciales a los fines de su archivo definitivo, una vez conste en autos la devolución de los originales. CÚMPLASE.