REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo Segundo (42°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, trece (13) de marzo de dos mil trece (2013)
202º y 154º
ASUNTO: AP21-L-2013-000688
Vista la transacción presentada en fecha 04 de marzo de 2013, por el ciudadano JOSE ANTONIO MEDINA CACERES, titular de la cedula de identidad N° 19.877.376, debidamente asistido por el abogado ANGEL ROJAS IPSA N° 88.662, por una parte y por la otra, la abogada FREDDA LINARES MARCANO IPSA N° 59.563 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, las empresas PIZZA´S HOUSE RISTORANTE PIANO DISCO RED PARROT, C.A., mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de DOCE MIL SETECIENTOS TRECE BOLIVARES CON SETENTA Y SIETE CENTIMOS (BS. 12.731,77), cancelado mediante cheque N° 23000944, librado contra el Banco Banplus, por un monto de Bs. (12.713,77), lo cual comprende tanto su liquidación de prestaciones sociales, como la indemnización transaccional ofrecida y acordada, en consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA dicha Transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
La Juez
La Secretaria
Abg. Evely Farias Paz
Abg. Joanna Capuano
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