REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 01 de marzo de 2013
202° y 153°
ASUNTO : DP11-L-2012-001629
ACTA
POR LA PARTE ACTORA: PABLO DE JESUS GARCIA B.
PARTE DEMANDADA: AMERICAN S PIZZA JUMBO C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS
En el día de hoy 01 de marzo de 2013, a las 09:00 a.m., fecha y hora fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales, intentara el Ciudadano: PABLO DE JESUS GARCIA BRACAMONTE, titular de la Cédula de Identidad Número V.- 9.378.545, contra la Entidad de Trabajo AMERICAN S PIZZA JUMBO C.A., comparecen a dicho la parte demandante, arriba identificada, asistido y representado por su apoderada judicial, abogado en ejercicio VANESSA NAHILEE PANTOJA ALVAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 139.299, condición de apoderada que consta a los autos, y; por la parte demandada, comparece la abogada en ejercicio ESTHER YOLANDA CLEMENTE GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 78.638, como se evidencia de instrumento poder que presentan a la vista y devolución incorporándose una copia a las actuaciones. Acto seguido, la Juez explicó la importancia del uso de los medios alternativos de solución de conflictos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energías y de recursos, y deja constancia que la mediación arrojo resultados positivos pues las partes deciden conciliar el presente en los términos siguientes: La parte demandada con el objeto de poner fin al presente procedimiento, manifiesta cancelar la cantidad de DIEZ Y OCHO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 18.500,00) monto éste que engloba cada uno de los conceptos demandados, tales como: horas extraordinaria, días libres, días de descanso, días feriados, utilidades, vacaciones y bono vacacional. Así mismo manifiesta que el monto de DIEZ Y OCHO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 18.500,00) procederá a cancelarlo en un solo pago el día 08 de marzo de 2012 durante las horas de despacho y ser consignado mediante diligencia que realice en el presente asunto. Acto seguido, la parte demandante, PABLO DE JESUS GARCIA BRACAMONTE, titular de la Cédula de Identidad Número V.- 9.378.545, asistido y representado por su apoderada judicial, abogado en ejercicio VANESSA NAHILEE PANTOJA ALVAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 139.299, manifiesta aceptar el ofrecimiento formulado por la parte demandada. Ambas partes solicitan al Tribunal se sirva HOMOLOGAR el presente acuerdo en las condiciones antes expresadas y se nos expidan una (1) copia certificada del presente acuerdo. Seguidamente la ciudadana Jueza deja expresa constancia que las exposiciones contenidas en la presente acta fueron formuladas libre de constreñimiento alguno y en virtud que el acuerdo alcanzado por las partes no es contrario a derecho, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.) Concluida la audiencia preliminar y 2.) se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL al acuerdo alcanzado, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 133 de la Ley procesal antes citada al acuerdo alcanzado por las partes, dándole efecto de cosa juzgada y se ordenara el cierre y archivo del expediente una vez que conste en autos el pago acordado. Se acuerda las copias certificadas solicitadas de la presente acta y devolver los elementos probatorios consignados al inicio de la audiencia preliminar. Se insta a las partes a cumplir de buena fe con el compromiso asumido Finalmente se dio lectura integra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Dándose por cerrado el acto en el día de hoy 01 de marzo de 2013. Es todo.
Termino, se leyó y conformes firman.
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Abg. Magaly S. Bastia de Pérez
Jueza
LA PARTE DEMANDANTE Y
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LA APODERADA DE LA DEMANDADA:_______________________
La Secretaria,
Abg. Norka Caballero
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