REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
La Victoria, trece (13) de mayo del dos mil trece (2013).
202º y 154º
N° DE EXPEDIENTE: DP31-L-2012-000246
PARTE ACTORA: OSCAR GABRIEL AZUAJE NAVAS
PARTE DEMANDADA: ALIMENTOS ARAGUA SOCIALISTA, S.A.
MOTIVO: COTIZACIONES DEL IVSS.
En el día de hoy, trece (13) de mayo de 2013, día y hora fijado para que tenga lugar LA PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto, presente en las instalaciones de este Circuito Judicial Laboral por la parte demandada la ciudadana abogada YIVIS PERAL, Inpreabogado No. 170.549 y en vista que no se encuentra presente la parte actora y de conformidad con acta de fecha veinticinco (25) de abril de 2013, mediante la cual ambas partes de manera voluntaria acordaron esperarse por un espacio de quince (15) minutos, en caso que alguna de las partes no llegare a la hora convenida, es por lo que, se acuerda dar un lapso de espera a la parte actora de quince (15) minutos, transcurridos íntegramente estos, se declaro abierto el acto. En este acto se deja constancia que compareció a la misma por la demandada la ciudadana abogada YIVIS PERAL, Inpreabogado No. 170.549. y que la parte actora no compareció a la realización de la Prolongación de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de apoderado alguno,
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