REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 17 de Mayo de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-011706
ASUNTO : NP01-P-2011-011706


Corresponde a este Tribunal pronunciarse en relación a la solicitud de Cambio de Lugar de Reclusión realizado por la Abg. THAMARA RASCHERY, a favor del imputado ENDER GERMAN ORTIZ BASTARDO, en tal sentido se observa:

Informa la defensa que su representado le informó que el mismo había sido trasladado hasta el Internado Judicial Penal del Rodeo en el Distrito Capital, y que en tal sentido solicitaba su cambio de Lugar de reclusión al Internado Judicial Penal de Puente Ayala del Estado Anzoategui ahora bien visto que dicho traslado no fue acordado por este Tribunal y que se realizó de manera inconsulta, es por lo que este tribunal considera procedente acordar en Cambio de Lugar de Reclusión del acusado al Internado Judicial Penal de Puente Ayala del Estado Anzoategui. Y así se decide.

Es por los razonamientos antes expuestos, que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR DE RECLUSIÓN del ciudadano ENDER GERMAN ORTIZ BASTARDO, titular de la cédula de identidad N° 20.155.079, desde Internado Judicial Penal de del Rodeo en el Distrito Capital, hasta el Internado Judicial Penal de Puente Ayala del Estado Anzoategui. Y así se decide.
Regístrese la presente decisión, déjese copia, notifíquese la misma y líbrense boletas de traslado para el día de la audiencia a ambos internados, previniendo así la posibilidad que para la fecha de la misma no se hubiere hecho efectivo el cambio de lugar de reclusión.


La Jueza,


ABG. SOPHY AMUNDARAY BRUZUAL

La Secretaria,

ABG. RAQUEL HERNANDEZ