REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal CUARTO de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, MARTES 21 de Mayo de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-002750
ASUNTO : NP01-P-2010-002750
Revisada como ha sido la presente causa, seguida en contra del acusado ROBIN ELIECER GRANADO HERNANDEZ, a quien se le sigue la misma por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO y DETENTACION DE ARMA DE FUEGO, y como quiera que NO se ha podido llevar a cabo el JUICIO ORAL Y PUBLICO, quien aquí decide observa:
En fecha 30 de NOVIEMBRE de 2010, se llevó a cabo la AUDIENCIA PRELIMINAR y se le mantuvo al ACUSADO la MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD y paralelamente se remitió la causa al Tribunal de Juicio.-
Recibida dicha causa, y luego de realizar los trámites respectivos, el 08 de Mayo de 2012 se le DECRETÓ al ACUSADO una medida cautelar de presentación cada 15 días, por aplicación del artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para ese momento.-
El 14 de Mayo de ese año, fue impuesto el acusado de tal medida, así como de sus obligaciones para con el proceso penal. (Folio 29 de la presente pieza).-
De la revisión de la causa se observa que NO se ha podido realizar el JUICIO ORAL Y PUBLICO ya que el ACUSADO NUNCA HA COMPARECIDO a los llamados del Tribunal, luego de estar en libertad.-
Sin embargo se observa según el sistema de presentaciones llevadas por este Circuito y que se anexan, que el acusado cumple REGULARMENTE con sus presentaciones, lo que significa que mal podría esta Juzgadora REVOCAR la medida cautelar observando tal situación.-
Lo anterior, evidencia que si bien el ciudadano ROBIN ELIECER GRANADO HERNANDEZ ha incumplido de manera reiterada su obligación para con la Administración de Justicia en cuanto a su comparecencia para la realización del juicio oral y público, NO es menos cierto que sí acude a sus presentaciones obligatorias, por ende este Tribunal CUARTO DE JUICIO DEL ESTADO MONAGAS, considera que lo procedente es fijar nuevamente el JUICIO ORAL Y PUBLICO, citar a las partes, y ordenar una ALERTA en el sistema de presentaciones, para que en la próxima oportunidad que comparezca a presentarse le sea notificada la fecha y la hora de la AUDIENCIA DE JUICIO.-
En consecuencia, se FIJA la AUDIENCIA DEL JUICIO ORAL Y PUBLICO para el día LUNES 29 DE JULIO DE 2013 a las 11:30 horas de la mañana.-
Regístrese, y déjese copia.
Cítese a las partes. Se deja constancia que la ciudadana Jueza realizó el ALERTA respectiva.-
LA JUEZA,
ABG. YLCIA PEREZ JOSEPH.-
La Secretaria,
Abg.