REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 15 de Mayo de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-025658
ASUNTO : NP01-P-2011-025658
Recibida del Tribunal Segundo de Juicio las actuaciones signadas con el Nro. NP01-P-2011-001214, requeridas a esa Instancia debido a la solicitud formulada por la Defensora Pública Marisel Rondon, de que se acumulara con el asunto penal NP01-P-2011-025658, que se lleva ante este Despacho.
Este Tribunal a los fines de decidir observa:
• El asunto penal NP01-P-2010-008787 era seguido contra los acusados ciudadanos ANGEL LUIS ARIAS EVARISTES y VICTOR JULIAN OSORIO BERMUDEZ por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO.
• El asunto penal NP01-P-2011-025658 es seguido contra el acusado ciudadano ANGEL LUIS ARIAS EVARISTES por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, ROBO AGRAVADO, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO.
y que en fecha 25 de Julio de 2012 se ordenó la apertura a Juicio con respecto al acusado ANGEL LUIS ARIAS EVARISTES por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, ROBO AGRAVADO, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO y se ordeno LA DIVISIÓN DE LA CONTINENCIA DE LA CAUSA con respecto al acusado VICTOR JULIAN OSORIO BERMUDEZ.
Se recibe el asunto penal NP01-P-2011-025658 acumulado al NP01-P-2010-008787, única y exclusivamente en lo que comprende al Juzgamiento de ANGEL LUIS ARIAS EVARISTES titular de la Cédula de Identidad Nro. 20.919.183 por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, ROBO AGRAVADO, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, cuya defensa la ejerce la Abg. MARISEL RONDON.
Es el caso que ante la solicitud de que se acumule el presente asunto con el asunto penal NP01-P-2011-001214, que se le sigue en el Tribunal Segundo de Juicio al acusado ANGEL JOSE ARIAS EVARISTE titular de la Cédula de Identidad Nro. 20.119.184 y URBANEJA JARAMILLO LEONARDO JOSE por la presunta comisión de delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de ALVARO ENRIQUE CASTILLO, por cuanto para el ciudadano ANGEL LUIS ARIAS EVARISTES la Representación Fiscal solicitó se decretara EL ARCHIVO FISCAL, conforme a lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.
Y con respecto a la solicitud de SOBRESEIMIENTO solicitado por el Fiscal Sexto del Ministerio Público a favor de los ciudadanos URBANEJA JARAMILLO LEONARDO JOSE, ANGEL JOSE ARIAS EVARISTE y ANGEL LUIS ARIAS EVARISTES, el Tribunal Primero de Control mediante decisión de fecha 28 de julio de 2011 lo decretó.
Así las cosas, es obvio que los ciudadanos acusados ANGEL LUIS ARIAS EVARISTES titular de la Cédula de Identidad Nro. 20.919.183 y ANGEL JOSE ARIAS EVARISTE titular de la Cédula de Identidad Nro. 20.119.184 son personas DISTINTAS, a quienes se les sigue procesos por hechos ocurridos en DISTINTAS fechas, máxime cuando el acusado ANGEL JOSE ARIAS EVARISTE ADMITIO LOS HECHOS y se le publicó en fecha 19 de junio de 2012 SENTENCIA CONDENATORIA a dicho ciudadano en el asunto penal NP01-P-2011-001214 TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO, por lo que ya el asunto que refiere la defensa continuo con respecto a otros acusados, que no tiene relación con ANGEL LUIS ARIAS EVARISTES, por lo que es improcedente realizar la acumulación que solicita la Defensa, a quien se insta a que revise detenidamente las actuaciones antes de interponer solicitudes inoficiosas, que generan un cúmulo de actividad y restan tiempo a la labor decisora de quien dirige este Tribunal Quinto de Juicio; como corolario remítase a la brevedad el expediente NP01-P-2011-001214 al Tribunal Segundo de Juicio de esta Dependencia Judicial. Y ASI SE DECIDE.
DECISION
Por lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, “Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley” Acuerda PRIMERO: Improcedente realizar la acumulación que solicita la Defensa Pública Cuarta Penal en los asuntos penales NP01-P-2011-025658 y NP01-P-2011-001214, ya que los ciudadanos acusados ANGEL LUIS ARIAS EVARISTES titular de la Cédula de Identidad Nro. 20.919.183 y ANGEL JOSE ARIAS EVARISTE titular de la Cédula de Identidad Nro. 20.119.184 son personas DISTINTAS, a quienes se les sigue procesos por hechos ocurridos en DISTINTAS fechas, máxime cuando el acusado ANGEL JOSE ARIAS EVARISTE ADMITIO LOS HECHOS y se le publicó en fecha 19 de junio de 2012 SENTENCIA CONDENATORIA. SEGUNDO: Se insta a que revise detenidamente las actuaciones antes de interponer solicitudes inoficiosas, que generan un cúmulo de actividad y restan tiempo a la labor decisora de quien dirige este Tribunal Quinto de Juicio. TERCERO: REMITIR el expediente NP01-P-2011-001214 al Tribunal Segundo de Juicio de esta Dependencia Judicial.
Notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Jueza,
Abg. ANA FLORINDA ALEN GUATARAMA
La Secretaria
ABG. LUISA VIRGINIA CABEZA