REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturin, 8 de Mayo de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : NJ01-P-2012-000026
ASUNTO : NJ01-P-2012-000026
Visto el escrito de solicitud efectuada por la Abg. Deyanira Jiménez Linares, Defensora del Penado JAIRO BELTRAN BOLIVAR LEON, de fecha 1 de Abril, ratificados en las fechas 11 y 23 de Abril de este año, donde solicita que este Tribunal de forma inmediata ordene el traslado del ya mencionado penado al Internado Judicial de Oriente, en virtud de que el penado fue trasladado al Centro Penitenciario EL DORADO, por ordenes del Director del Internado Judicial de Nueva Esparta, este Juzgado al respecto pasa a decidir en los siguientes términos:
El penado JAIRO BELTRAN BOLIVAR LEON, plenamente identificado en autos del presente asunto fue condenado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previstos y sancionados en el articulo 458, del Código penal, quedando la pena en DIEZ (10) AÑOS de Prisión. Ahora bien luego fue traslado a el Estado Nueva Esparta, donde este Tribunal libro Exhorto por redención y nuevo computo, en fecha 10 de Octubre del año 2012. De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, no se evidencia ninguna comunicación emitida por el Director del Internado de la Región Insular donde conste el traslado de dicho penado al Centro Penitenciario el Dorado, por lo que este Tribunal ordena el traslado inmediato del penado JAIRO BELTRAN BOLIVAR LEON, titular de la Cedula de Identidad N!° 12.012.267, al Internado Judicial de Oriente, denominado LA PICA, . Así se decide.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial penal del estado Monagas, ORDENA EL TRASLADO DEL PENADO JAIRO BELTRAN BOLIVAR LEON, titular de la Cedula de Identidad N!° 12.012.267 del Centro Penitenciario el Dorado al Internado Judicial de Oriente denominado La Pica, con carácter urgente
Ordenándose librar oficio dirigido al Internado Judicial del Estado Nueva Esparta y al Centro Penitenciario el Dorado, así como al Director del Internado Judicial de Oriente a los fines de notificarle lo aquí decidido para así dar cumplimiento a la presente resolución. Una vez que el presente traslado se haya hecho efectivo, informar a la brevedad posible a este Tribunal. Y así se decide. Líbrese lo conducente. Notifíquese. Cúmplase.
La Juez
ABG. MARIA YNES RODRIGUEZ SALMON
La Secretaria