REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 07 de Mayo de dos mil Trece
203º y 154º

ASUNTO: BP02-L-2012-001752
DEMANDANTE: LUZ MARÍA OLIVOS y FRANCYS FLORES
DEMANDADO: SECORNBET, C.A.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

Visto el contenido de la diligencia de fecha 06 de Mayo de 2013, mediante la cual las ciudadanas LUZ MARÍA OLIVOS y FRANCYS FLORES, titulares de las cédulas de identidad N°8.372.226 y 14.011.966, respectivamente, asistidas por la abogada en ejercicio MARY CACERES, titular de la cédula de identidad N°11.128.938, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°88.521, señalan textualmente lo siguiente: “….Desistimos en este acto del procedimiento….(omisis)….por cuanto vamos a llegar a un acuerdo extrajudicial….”.

El motivo del presente juicio es el COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES que incoare las ciudadanas mencionadas en contra de la empresa SECORNBET, C.A.,. Ahora bien, la parte actora, debidamente asistida DESISTE DE LA DEMANDA QUE POR DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES INTENTARON; este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, con sede en la ciudad de Maturín, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO realizado por las demandantes, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Y así expresamente se decide. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la ciudad de Maturín, a los 7 días del mes de Mayo de 2013. Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Jueza Titular,


Abg. YISSEIN LÓPEZ
El Secretario (a),

Abg.


En esta misma fecha, siendo las 2:36 p.m., se dictó, publicó y registro la anterior decisión en el sistema juris 2000. Conste. El Secretario (a),

Abg.