ACTA


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-001462
PARTE ACTORA: JOSE CLAUDIO ALMAO
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES PALHIEVEN C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: HERBERT AUGUSTO ORTIZ
MOTIVO: ENFERMEDAD OCUPACIONAL


En el día hábil de hoy, lunes veintisiete (27) de mayo de 2013, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar; dejando constancia de la comparecencia del abogado HERBERT AUGUSTO ORTIZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 85.934, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, según se evidencia de instrumento poder que en original presenta en este acto ad efectum videndi, consignando copia simple del mismo, a los fines de su certificación por Secretaría, e inserción al expediente. Se deja expresa constancia de la incomparecencia a este acto del ciudadano JOSÉ CLAUDIO ALMAO, titular de la cédula de identidad Nº 14.569.050, parte actora en el presente procedimiento, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154 ° y 203 °.

LA JUEZ

NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ


EL SECRETARIO

MARCIAL MECIA



NOTA: EN LA MISMA FECHA SE DICTÓ, PUBLICÓ Y DIARIZÓ LA PRESENTE DECISIÓN.


EL SECRETARIO

MARCIAL MECIA