REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 30 de Mayo de 2013
203º y 154º
Asunto AP41-U-2006-000046 SENTENCIA INTERLOCUTORIA S/N
Visto que en fecha 18 de Octubre de 2006, se dictó Sentencia Interlocutoria S/N mediante la cual este Tribunal declaró Inadmisible el presente Juicio Ejecutivo, así mismo en fecha 27 de Mayo de 2013, se dictó auto mediante el cual declaró definitivamente firme la Sentencia Interlocutoria, antes mencionada, en consecuencia este Tribunal en observancia que las partes se encuentran debidamente notificadas, ordena el archivo definitivo del expediente.
LA JUEZ
ABG. BERTHA ELENA OLLARVES HERRERA
LA SECRETARIA
ABG. ANAMAR HERRERA GUAITA
La anterior sentencia se publicó en su fecha, siendo la once de la mañana (11:00 a.m).
LA SECRETARIA
ABG. ANAMAR HERRERA GUAITA
Asunto: AP41-U-2006-000046
BEOH/AHG/MPA.-