REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 13 de mayo de 2013
203º y 154º
ASUNTO: AH13-X-1999-000049
Vista la diligencia de fecha 07 de Mayo de 2013, suscrita por el ciudadano MILTON BARRIOS, parte demandada, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 68.453, actuando en su propio nombre y representación, este Tribunal ordena agregar dicha actuación, junto con su comprobante de presentación, previa su lectura por Secretaría, todo a los fines de que surta los efectos legales consiguientes.
Asimismo, visto el contenido de la precitada diligencia, mediante la cual señala que en virtud de haber cancelado el saldo adeudado al actor y no quedando a deber ni capital ni intereses, información esta, que se constata en documento público autenticado por ante la Notaria Pública Trigésima del Municipio Libertador del Distrito Capital en fecha 25 de Febrero de 2013, el cual quedo inserto bajo el Nº 40, Tomo 26 de los libros de autenticación llevados por dicha notaria, solicitó la suspensión de la medida decretada en fecha 10 de Mayo de 2000. En virtud de ello, este Juzgado a solicitud de parte y con vista al documento de extinción de hipoteca acuerda Suspender la Medida de Embargo Ejecutivo decretada en fecha 10 de Mayo de 2000, sobre el bien inmueble perteneciente al ciudadano Milton Barrios, parte demandada y participada por el Juzgado Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas, con oficio Nº 080, de fecha 13 de Julio de 2000, dirigido al Registrador Subalterno del Segundo Circuito la cual pesa sobre el bien inmueble que se identifica a continuación:
“Una dependencia identificada con el Nº 81-E, que forma parte del terreno y edificación denominado Centro Andrés Bello, ubicado en la planta piso octavo (8vo) del precitado inmueble, situado en la avenida Andrés Bello, en el lugar conocido como Maripérez, parroquia el Recreo de la ciudad de Caracas, tiene un área aproximada de ciento veinte metros cuadrados con cuarenta y nueve decímetros cuadrados (120,49 mts 2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: con vestíbulo de escaleras y ascensores; SUR: con fachada sur del edificio; ESTE: con fachada este del edificio; y OESTE: con la dependencia Nº 82-E; NIVEL SUPERIOR: con la dependencia Nº 91-E, situada en la planta piso noveno del edificio; NIVEL INFERIOR: con la dependencia Nº 71-E, situada en la planta piso séptimo del edificio, le corresponde un porcentaje sobre los bienes por cargos comunes de tres mil setecientos treinta y tres millones por ciento (0,03733%).”
Dicho inmueble pertenece al ciudadano Milton Barrios, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.969.483, según documento protocolizado por ante el Registro Subalterno del Segundo Circuito del Municipio Libertador del Distrito Federal en fecha 28 de Agosto de 1998, bajo el Nº 11, Tomo 21, Protocolo Primero, tercer trimestre
Igualmente visto el documento público consignado en esa misma fecha, este Tribunal acuerda la devolución del documento original, dejándose en su lugar copia certificada de los mismos. La Secretaría suscribirá lo mismo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Líbrese oficio al registro correspondiente a los fines de que estampe la nota marginal respectiva y acuse recibo a este Tribunal.
EL JUEZ
DR. JUAN CARLOS VARELA RAMOS
LA SECRETARIA
Abg. DIOCELIS PÉREZ BARRETO.
En la misma fecha del auto que antecede se deja constancia que se realizó el desglose ordenado y la certificación de los mismos, igualmente se libo oficio Nº 13-0507
LA SECRETARIA.
Abg. DIOCELIS PEREZ BARRETO
Hora de Emisión: 11:42 AM
Asistente que realizo la actuación: YMZ
|