REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 8 de Mayo de 2013
203º y 154º

ASUNTO: AH1B-V-1997-000016
Sentencia Interlocutoria.-
Vista la diligencia de fecha 3 de abril de 2013, suscrita por el abogado ELIO CASTRILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 49.195, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicitó se decrete medida de Embargo Ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte demandada, este Tribunal decreta MEDIDA EJECTUVIA DE EMBARGO, sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de CIENTO SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES CON 39/100 CENTIMOS (165.358,39), suma esta que comprende el doble de la cantidad demandada a la que se le ha agregado las costas, prudencialmente calculadas por este Tribunal en un VEINTICINCO por ciento (25%) la cual asciende a la cantidad de DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES BOLIVARES CON 15/ 100 CENTIMOS (Bs. F. 18.373,15), en caso de que dicha medida recayese sobre cantidades líquidas de dinero la misma será hasta por la cantidad de NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 76/100 CENTIMOS (Bs. F. 91.865,76), que representa la cantidad demandada mas las costas procesales antes señaladas. A los fines de la práctica de la medida se comisiona a un Tribunal de Ejecutor de Municipio de esta Circunscripción Judicial. Líbrese oficio y comisión de conformidad con el artículo 600 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dr. ANGEL VARGAS RODRIGUEZ.
Abg. SHIRLEY CARRIZALES.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado
LA SECRETARIA,

Abg. SHIRLEY CARRIZALES
Exp. NºREPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 8 de Mayo de 2013
203º y 154º

ASUNTO: AH1B-V-1997-000016
Sentencia Interlocutoria.-
Vista la diligencia de fecha 3 de abril de 2013, suscrita por el abogado ELIO CASTRILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 49.195, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicitó se decrete medida de Embargo Ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte demandada, este Tribunal decreta MEDIDA EJECTUVIA DE EMBARGO, sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de CIENTO SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES CON 39/100 CENTIMOS (165.358,39), suma esta que comprende el doble de la cantidad demandada a la que se le ha agregado las costas, prudencialmente calculadas por este Tribunal en un VEINTICINCO por ciento (25%) la cual asciende a la cantidad de DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES BOLIVARES CON 15/ 100 CENTIMOS (Bs. F. 18.373,15), en caso de que dicha medida recayese sobre cantidades líquidas de dinero la misma será hasta por la cantidad de NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 76/100 CENTIMOS (Bs. F. 91.865,76), que representa la cantidad demandada mas las costas procesales antes señaladas. A los fines de la práctica de la medida se comisiona a un Tribunal de Ejecutor de Municipio de esta Circunscripción Judicial. Líbrese oficio y comisión de conformidad con el artículo 600 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dr. ANGEL VARGAS RODRIGUEZ.
Abg. SHIRLEY CARRIZALES.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado
LA SECRETARIA,

Abg. SHIRLEY CARRIZALES
Exp. Nº AH1B-V-1997-000016.
Nro. antiguo 14.446
AVR/SC/Eliza.-


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Nro. antiguo 14.446
AVR/SC/Eliza.-