REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, Lunes 13 de Mayo del 2013.
202 y 153

ASUNTO: DP11-S-2013-000245.

Visto el escrito de TRANSACCIÓN POR CONCEPTO DE DIFERENCIA DE PAGOS DE DIAS DE DESCANSO Y FERIADOS celebrado por la trabajadora Activa SUAREZ IRIS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 9.650.483, asistido por el Abogado GERARDO ALVAREZ, inscrito en el IPSA bajo el Numero 100.937 y por la Empresa “INVERSIONES SAHARA, C.A..”, inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Aragua, bajo el Nro. 15, Tomo 711-A, de fecha 08-09-1995, representada por su Apoderada HEISA CORREA, inscrita en el IPSA bajo el Número 101.008 , donde las partes solicitan a este Tribunal la Homologación correspondiente y vista que la misma no es contraria a derecho y es producto de la conciliación, este Tribunal se pronuncia de la siguiente manera.

HOMOLOGACION

En virtud de que las partes reconocen y aceptan el carácter de cosa juzgada que la presente transacción tiene a todos los efectos legales, Este Tribunal, Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral, del Estado Aragua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley le imparte en éste acto la HOMOLOGACIÓN JUDICIAL SOLAMENTE CON LOS CONCEPTOS AQUÍ SEÑALADOS , dándole el efecto de cosa juzgada de conformidad al contenido del Art. 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- . Se ordena el cierre y archivo del presente expediente..- .Así se decide .-


LA JUEZA,


VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ




EL SECRETARIO,



ABG. HAROLYS PAREDES.