REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, veintisiete de mayo de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO : AP51-J-2013-005133
SOLICITANTE: YSAMAR CELLIC ESTABA PEÑA, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.062.958.
MOTIVO: AUTORIZACION PARA RETIRAR LIBRETA Y MOVILIZAR CUENTA DE AHORRO.
Vista la diligencia suscrita por la abogada LEFFY RUIZ MEDINA, Fiscal Centésima Segunda del Ministerio Público con competencia Especial para la Protección de Niños, Niñas, Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual solicita se autorice a la ciudadana YSAMAR CELLIC ESTABA PEÑA, identificada supra, a retirar la libreta Nro 04368577 de la cuenta de ahorros Nro. 003-0081-16-4000071536 aperturada en el Banco Industrial de Venezuela, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial, AUTORIZA a la ciudadana YSAMAR CELLIC ESTABA PEÑA, titular de la cédula de identidad Nro V- 14.062.958, a:
a) Retirar la libreta de ahorro Nro 04368577, por ante la Oficina de Control y Consignaciones.
b) Y, Movilizar libremente la cuenta de ahorro Nro 0003-0081-16-4000071536, aperturada en el Banco Industrial de Venezuela.
Se ordena librar oficio a la Oficina de Control y Consignaciones de este Circuito Judicial, participándole las respectivas autorizaciones, a fin de que proceda a entregar la libreta de ahorro antes identificada e informarle al Banco Industrial de Venezuela, la autorización de movilizar la cuenta. ASI SE DECIDE. CUMPLASE.
EL JUEZ,

Abg. ALCIDES ROBLES GORDILLO
LA SECRETARIA,

Abg. ZENOBIA ELENA ERAZO.