REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 2 de Mayo de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2012-002157
ASUNTO : NP01-S-2012-002157
Visto el escrito presentado en fecha 2 de Mayo 2013, por el ciudadano Abogado WILIAN VERA, en representación del ciudadano OMAR DEL VALLE SALAZAR, titular de la cédula de identidad Nº.- V 8.453.348, imputado en el presente asunto penal, quien solicita:
“…se avoque a lo establecido en los artículo 300 y 305 del Código Orgánico procesal penal, es decir; que se decrete el Sobreseimiento de la causa por considerarse que la denuncia interpuesta por la presunta víctima ante el C.I.C.P.C. no constituye ningún delito contra los derechos de las mujeres por desprenderse una errónea interpretación…”.
DELOS HECHOS Y DEL DERECHO
Revisada sistemáticamente a través del sistema Juris 2000, llevado por este Juzgado se verifica que el asunto penal signado alfanumérico NP01-S-2012-002157 se encuentra en la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público, en tal sentido, a fín de proveer sobre lo solicitado lo procedente y ajustado a derecho solicitar con carácter de urgencia el Asunto penal NP01-S-2012-002157 ante la fiscalia Décima Quinta del Ministerio Público del Estado Monagas, Todo de conformidad con lo que establece el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide.
DECISION
Este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE UNICO: Revisada sistemáticamente a través del sistema Juris 2000, llevado por este Juzgado se verifica que el asunto penal signado alfanumérico NP01-S-2012-002157 se encuentra en la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público, en tal sentido, a fín de proveer sobre lo solicitado en el escrito presentado en fecha 2 de Mayo 2013, por el ciudadano Abogado WILIAN VERA, en representación del ciudadano OMAR DEL VALLE SALAZAR, titular de la cédula de identidad Nº.- V 8.453.348, imputado en el presente asunto penal, lo procedente y ajustado a derecho solicitar con carácter de urgencia el Asunto penal NP01-S-2012-002157 ante la fiscalia Décima Quinta del Ministerio Público del Estado Monagas, Todo de conformidad con lo que establece el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Regístrese diarìcese y Cúmplase.-
JUEZA PRIMERA DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO
LA SECRETARIA JUDICIAL
ABGA. MIRLANDIS FRANCO
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