REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal CUARTO de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, LUNES 25 de Noviembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-008900
ASUNTO : NP01-P-2011-008900


Corresponde a este Tribunal, pronunciarse en la presente causa, en la cual se llevó a cabo la correspondiente audiencia en las instalaciones del Internado Judicial del Estado Monagas, en razón del denominado PLAN CAYAPA.-

Encontrándose en dicha audiencia, la Fiscal 6° del Ministerio Público Abg. Francia Caraballo, la Defensa Pública Novena Penal Abg. Marcos Morales y la acusada de autos MARIELA DEL COROMOTO HERNANDEZ ZAMBRANO, se instruyó a la misma sobre las consecuencias de ADMITIR LOS HECHOS y ésta de manera voluntaria y espontánea, manifestó querer hacerlo.-

Ahora bien, según las actuaciones, la mencionada ciudadana MARIELA DEL COROMOTO HERNANDEZ ZAMBRANO fue acusada por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN CANTIDADES MENORES, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas.-

Y como quiera que ésta ADMITIO LOS HECHOS, conforme a lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal CUARTO DE JUICIO DEL ESTADO MONAGAS, en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: Se CONDENA a la ciudadana MARIELA DEL COROMOTO HERNANDEZ ZAMBRANO titular de la cédula de identidad N° 8.929.403 a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, DE PRISIÓN, luego de la rebaja de ley, en virtud de la ADMISION DE HECHOS realizada.-

SEGUNDO: Se CONDENA igualmente a la pena accesoria, establecida en el artículo 16 ordinal 1° del Código Penal.-

TERCERO: Se exonera el pago de las costas procesales.-

CUARTO: Se MANTIENE PRIVADA DE LIBERTAD a la mencionada ciudadana, en razón que sobre la misma pesa ORDEN DE APREHENSION en la causa NP01-PEN-2009-464, ante el Tribunal PRIMERO DE CONTROL.-

QUINTO: Se publica la presente SENTENCIA dentro del lapso legal.-

Regístrese, y déjese copia.-


La Jueza,


ABG. YLCIA PÉREZ JOSEPH

La Secretaria,


Abg.