REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
203º y 154º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-002075
PARTE ACTORA: MANUEL EZEQUIEL BRUZUAL CEDILLO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DIEGO ALBERTO MASTRONARDI MONCADA, MARIA LUISA VIEITEZ GARCIA
PARTE DEMANDADA: FUNDACION TEATRO TERESA CARREÑO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MIRDER SALAZAR MOTIVO:

Hoy, 22 de noviembre de 2013 siendo las 10:30 a. m. día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano MANUEL EZEQUIEL BRUZUAL CEDILLO venezolano, mayo y titular de la cedula de identidad Nº 6.358.037, actuando en su condición de parte actora, representado por su apoderada judicial, abogada MARIA VIEITEZ inscrita en el inpreabogado bajo el número 37.656, representación que consta en autos, igualmente, comparece la abogada MIRDER SALAZAR inscrita en el inpreabogado bajo el número 65.111, actuando en su condición de apoderada judicial de la empresa demandada FUNDACION TEATRO TERESA CARREÑO representación que consta en autos, dándose así inicio a la audiencia. En este estado toma la palabra la parte actora y expone: “Desisto en este acto del procedimiento en la presente causa, es todo”. Seguidamente, toma la palabra la apoderada judicial de la parte demandada y expone: “Aceptamos en este acto el desistimiento propuesto por la parte actora, es todo”. Visto el desistimiento presentado por el actor, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DANDOLE EFECTO Y VALOR DE COSA JUZGADA y en consecuencia da por terminado el proceso. Asimismo, se deja expresa constancia que se entregan en este acto las pruebas a cada una de las partes, e igualmente se ordena el cierre y archivo de la causa. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154 ° y 203 °.

La Juez
Leticia Morales Velásquez






Apoderado Judicial y Parte actora






Apoderada Judicial de la Parte Demandada






El Secretario


Manuel López